REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SAN FERNANDO DE APURE, 25 DE JULIO 2016
206° Y 157°

Visto el anterior libelo de demanda, constante de Tres (03) folios y recaudos anexos. Désele entrada, fórmese expediente y sígasele el curso de Ley, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341, en concordancia con el artículo 777, del Código de Procedimiento Civil. Emplácese a la ciudadana: GLADIANA DE LOS ANGELES GONZALEZ ARMADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 15.047.432, para que comparezca ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) días de despacho siguiente a su citación, a dar CONTESTACIÓN A LA DEMANDA, la cual deberá hacerlo en horas de despacho de 8:30 a.m., a 3:30 p.m., todo de conformidad con el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, ha instaurado el ciudadano: WLADYMIR ERNESTO LAREZ, debidamente asistido por el abogado JOSE GILBERTO MORO MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 19.689.339, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 217.046, Compúlsese el Libelo de la Demanda y con su orden de comparecencia. En cuanto a la Medida solicitada este Tribunal la NIEGA por cuanto no consignaron los documentos de titularidad.-

LA JUEZ PROVISORIA,


ABOG, JEANNET AGUIRRE DELGADO


LA SECRETARIA TEMPORAL,



ABOG, MARIA VILLANUEVA,



Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se le dio entrada bajo el Nº 6779.


LA SECRETARIA TEMPORAL,



ABOG, MARIA VILLANUEVA,



JAD/MV/VV.-
EXP Nº 6779.-