San Fernando de Apure, 27de Junio de 2016
206° y 157°
SOLICITUD: 16-173.
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE(S): EINGY SHARITIN BOLIVAR HURTADO
FECHA DE ENTRADA: 14 DE JUNIO DE 2016
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: EINGY SHARITIN BOLIVAR HURTADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-18.992.497, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente a la ciudadana: EINGY SHARITIN BOLIVAR HURTADO, en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de Propiedad Municipal según: AUTORIZACION, de fecha Veinticuatro (24) de Mayo del 2016, otorgada por la Sindica Procuradora (E), ABOG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, del Estado Apure, constante de una superficie de: SEISCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS (604,24 Mts /cm), ubicado en: “LA PARROQUIA EL RECREO, CALLE JOSE ANGEL HURTADO, S/N”, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: CASA DE CARMEN CABALLERO, en Cuarenta Metros con Veinte Centímetros (40,20Mts/cm); SUR: CASA DE RAFAEL DELGADO, en Cuarenta y Tres Metros (43,00Mts); ESTE: CALLE JOSE ANGEL HURTADO, en Dieciséis Metros con Treinta y Cinco Centímetros (16,35Mts/cm) y OESTE: CAÑO, en Doce Metros con Setenta Centímetros (12,70Mts/cm). En la que construyo una bienhechuría de las siguientes características: una Casa de construcción de mamposterías, de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS (48,05Mts/cm), con paredes de bloque frisados, piso de cemento, techo de acerolit, Dos (2) habitaciones con puertas de Madera, Un (1) baño interno, Un (1) recibo-comedor, Una (1) cocina, Dos (2) ventanas de macuto, Dos (2) puertas de hierro, todo el terreno cercado con paredes de bloque frisado, un (1) portón de hierro, una (1) puerta y dos (2) jardineras de hierro. Sobre la cual invirtió la cantidad de: UN MILLON DOCIENTOS MIL BOLIVARES EXACTOS (1.200.000,00Bs), equivalentes a 6.779,66 Unidades Tributarias, totalmente pagados en las que ha venido poseyendo pública y permanente.- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana: EINGY SHARITIN BOLIVAR HURTADO, plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante antes identificada en el escrito de solicitud.-
El Juez;
Abog. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.
SOLICITUD: N°.16-173.
FJP/MMAT/jwpc.-
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