San Fernando de Apure, 06 de Junio del año 2.016
205° y 157°
SOLICITUD: 16-147
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MOISES DE JESUS PEREIRA CHAPARRO
FECHA DE ENTRADA: 23 DE MAYO DEL AÑO 2016
Vista la solicitud Nº 16-147, presentada por el ciudadano MOISES DE JESUS PEREIRA CHAPARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.998.701, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del ciudadano MOISES DE JESUS PEREIRA CHAPARRO, según consta en el contrato de Compra-Venta de ejido, debidamente registrado y protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha veinticinco (25) de agosto del año 2015, quedando registrado bajo el N° 2015.1574, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 271.3.6.1.16837, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015. Ubicado en la Parroquia San Fernando, Sector “Paso Apure”, s/n, con una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTIMETROS (256,04 M2); cuyos linderos y medidas son: Norte: Restaurante de la Familia Plata, con OCHO METROS CON SETENTA CENTIMETROS MAS CATORCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (8,70 + 14,60 Mts); Sur: Asadero El Cunavichero del Señor Miguel Vera, con VEINTICUATRO METROS CON SESENTA CENTIMETROS (24,60 Mts); Este: Avenida Interna del Terminal, con 12,60 Mts; y Oeste: Vereda, con 7,80 + 5,00 Mts; y que a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio, ha construido unas bienhechurías conformadas por un inmueble de dos (02) plantas y se encuentra edificado y distribuido de la siguiente forma: a) Planta Baja: un (01) salón de fiesta Tasca-Bar, pista de baile, una (01) cocina, dos (02) baños, uno para el uso de damos y el otro para caballeros, totalmente acondicionados, un (01) deposito, piso de porcelanato, techo de platabanda, puertas y ventanas de hierro. b) Primera Planta: un (01) salón de fiesta, pista de baile, una (01) barra, dos (02) baños, uno para el uso de damas y el otro para caballeros, totalmente acondicionados, un (01) deposito, piso de cerámica, techo de platabanda, puertas y ventanas de hierro y c) Segunda Planta: tres (03) habitaciones, tres (03) baños, sala-comedor, una (01) cocina, piso de cerámica, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro. El costo de la construcción de dichas bienhechurías, la mano de obra y materiales fue por un costo total de construcción de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000.000,00); bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor del ciudadano MOISES DE JESUS PEREIRA CHAPARRO, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al solicitante.
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, consta de ______________ (_____) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio (_________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 16-147
FJP/MMAT/gv
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