REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 27 de Junio de 2016.
206° y 157°

Causa Nº 1Aa-3257-16.
JUEZ PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la pretensión interpuesta en fecha 18-3-2016, por el abogado IVAN EDUARDO LANDAETA, Defensor de LESTER CARLOS ALEXANDER HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada el 16-3-2016 por la Jueza 2° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA CAMEJO, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en perjuicio del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de perpetradores, tipificado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR


Cursa a los folios 31 al 35 del presente cuaderno de incidencia, acta de audiencia preliminar de fecha 15-6-2016, cuyo dispositivo acordó a saber:

“… Se CONDENA a los ciudadanos… LESTER CARLOS ALEXANDER HERNANDEZ, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por considerarla (sic) autor y responsable de los delitos de ROBO PROPIO… cometidos en perjuicio de OFICIAL CARREÑO RODRIGUEZ OSNEY DOMINGO.
… Se acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor de los ciudadanos… LESTER CARLOS ALEXANDER HERNANDEZ, de conformidad a lo establecido en el artículo 242 numeral 3 (sic) consistente en presentaciones cada quince (15) días por ante el área de alguacilazgo, de este circuito Judicial Penal…”


De lo referido previo no hay duda en cuanto a la configuración en este caso de pérdida del interés procesal por parte del Recurrente, toda vez que decretada la condenatoria del imputado por el procedimiento de admisión de hechos previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, la controversia sobre la materia cautelar cedió ante los efectos de la resolución definitiva del fondo del asunto, al quedar desvirtuada la presunción de inocencia, por lo que la Corte asume, que se debe declarar no ha lugar la pretensión interpuesta en fecha 18-3-2016, por el abogado IVAN EDUARDO LANDAETA, Defensor de LESTER CARLOS ALEXANDER HERNÁNDEZ. Así se decide.

II
DISPOSITIVA


En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:

ÚNICO: Declara no ha lugar a la pretensión interpuesta en fecha 18-3-2016, por el abogado IVAN EDUARDO LANDAETA, Defensor de LESTER CARLOS ALEXANDER HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada el 16-3-2016 por la Jueza 2° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. YSMAIRA CAMEJO, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en perjuicio del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de perpetradores, tipificado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, toda vez que el 15-6-16 se condenó al imputado antes mencionado en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, diarícese y remítanse las actuaciones al Despacho a cargo de la A-quo.

JUEZA PRESIDENTA (Ponente),


CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO

EL JUEZ,


JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ
EL JUEZ,


EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA SECRETARIA,


KATIANA LUSINCHI


CMMC/EEC/JCGG/rjtl
Causa Nº 1Aa-3257-16