REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 29 de Junio de 2016.
206° y 157°.

CAUSA Nº 1Aa-3284-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.

Corresponde a esta Alzada decidir con relación a la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 4-4-2016 por el Abg. Luís Enrique González, Defensor Público Auxiliar Tercero adscrito a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensor de PABLO ANTONIO LUGO ROJAS, contra la decisión dictada el 22-3-2016, por el Juez Primero del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Edwin Blanco, publicado el auto fundado el 28-3-2016, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 442 eiusdem. Ahora bien el recurrente fundamentó legalmente la apelación de conformidad con el artículo 439 numerales 4 y 5, pero esta Corte considera que encuadra en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 439, ibidem, por tratarse de una decisión que acordó una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, y así se admite.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.

JUEZ PRESIDENTE (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZ SUPERIOR,


JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ


JUEZ SUPERIOR,

EDWIN ESPINOZA COLMENARES
SECRETARIA


NOELLE KATIANA LUSINCHI




CMMC/JCGG/EEC/Manorka
CAUSA N° 1Aa-3284-16