REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SAN FERNANDO DE APURE, 21 DE JUNIO DE 2016
205° Y 156°
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, éste Tribunal, observa que por error involuntario no se fijó el término para presentar los informes, y siendo deber de los jueces como Directores del Proceso procurar la estabilidad de los juicios evitando que se subviertan normas procedimentales que afecten el orden público, todo ello a los fines de resguardar el derecho a la defensa, el debido proceso, la igualdad de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, REPONE la causa, al estado de fijar el decimoquinto (15º) día de despacho siguiente, de conformidad con el artículo 511 ejusdem para que las partes presenten los informes en la presente causa.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. JEANNET JOSEFINA AGUIRRE DELGADO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. MARIA V. VILLANUEVA
Seguidamente se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. MARIA V. VILLANUEVA
JJA/mv