REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 01 de Marzo del 2016
205º y 157º
Asunto: JMSS-1-7257-15
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana FLOR MARIA CAMEJO GARCIA, plenamente identificada en autos, asistida de abogado y observándose que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada por este Tribunal. En tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ACUERDA SU EJECUCIÓN, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos FLOR MARIA CAMEJO GARCIA y RICARDO RAFAEL RODRIGUEZ MILLAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 17.375.669 y 17.550.932, respectivamente, contraído el día 15 de Diciembre del año 2009, por ante EL REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA GUASDUALITO, MUNICIPIO PAEZ DEL ESTADO APURE, según Acta Numero Ciento Cinco (105), a los fines de que estampe la Nota Marginal respectiva de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano. En consecuencia, Expídanse por Secretaría copias certificadas para la parte interesada, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se acuerda cerrar y remitir la presente causa al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
La Juez Prov.,
Dra. DULCE MEDINA.-
La Secretaria,
Abg. NERYS RUIZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria,
Abg. NERYS RUIZ
DM/FM/sore.-
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