REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.-
San Fernando, 02 de Marzo de 2016
205º y 157º
Vista la diligencia que antecede de fecha 01-03-2016, suscrita por la ciudadana BARBARA GAVIDIA, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por el Abogado DENNIS ALBERTO ORTA PUERTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.854, y observándose que en fecha 22-02-2016, éste Tribunal dictó Sentencia en la causa, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOSE DE JESUS RAMOS URRUTIA y BARBARA CRISTINA GAVIDIA SEGOVIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 14.948.587 y 16.527.556, en su orden, en tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ORDENA SU EJECUCIÓN, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, expídanse por secretaría cuatro (04) juegos de copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
La Juez Prov.,
Abg. DULCE MEDINA
La Secretaria,
Abg. NERYS RUIZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
La Secretaria,
Abg. NERYS RUIZ
Exp. Nro. JMSS1-6230-14
DM/NR/jorge
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