LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Biruaca, 15 de Marzo de 2016
205° y 157°
Mediante libelo de demanda introducido por ante este Tribunal por la ciudadana LUISA ALIDA LINARES, venezolana, Mayor de Edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.591.714, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ERNESTO ENRIQUE MATUTE, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 226.966, recibido por este Tribunal en fecha dieciocho (18) de Enero del presente año, en la cual solicitó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO Admitida la demanda por ante este juzgado en fecha 20 de Enero de los corrientes, este Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal Sexto del Ministerio Publico y libro Edicto dándosele el termino de ley, no habiendo comparecido ninguna persona ni por si ni mediante apoderado alguno.
En este orden, cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos y trámites procésales que contemplan la Ley, para este tipo de proceso y encontrándose la causa para dictar sentencia, este Tribunal Observa:
Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos se evidencia el error cometido en acta de Matrimonio N° 21 llevada por ante este juzgado quien en aquel entonces era denominado Juzgado de Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Territorio Federal Amazonas, en el año 1977, en cuanto al apellido de la solicitante el cual aparece como LUISA ALIDA RUIZ LINARES, siendo lo correcto LUISA ALIDA LINARES.
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley. Declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO de la ciudadana LUISA ALIDA LINARES, en los libros de matrimonio, llevados por este tribunal, se ordena la RECTIFICACIÓN de la correspondiente PARTIDA DE MATRIMONIO N° 21, del año 1977, una vez ejecutada esta decisión, por cuanto el nombre que tiene que aparecer es el de LUISA ALIDA LINARES y no el de LUISA ALIDA RUIZ LINARES como aparece erróneamente.
.Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los quince (15) días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
JA/lp/jh
Exp. N° 2356-15
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