San Fernando de Apure, 16 de Marzo de 2016
205° y 157°
SOLICITUD: 16-55.
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE(S): JOSE LUIS SEQUERA ROJAS
FECHA DE ENTRADA 4 DE MARZO DE 2016
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSE LUIS SEQUERA ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-8.192.728, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente al ciudadano: JOSE LUIS SEQUERA ROJAS, en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de propiedad Municipal según: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCION A COMPRA, otorgado por la Sindica Procuradora (E), ABOG. SANTA MAGALIS NIEVES, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Biruaca, del Estado Apure, Documento Nro. 008, Numero Catastral: Sector 001, Manzana 026, Parcela 001, quedo inserto en el Libro II Tomo II, Folios 22 al 24 Cuarto Trimestre del Año 2015, Fecha 09 de Octubre de 2015. Como evidencia en: CEDULA CATASTRAL DEL INMUEBLE No 363/07/2015, de fecha 13/07/2015, constante de una superficie de: CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (144,61M2), ubicado en el: “CASCO CENTRAL” Jurisdicción del Municipio Biruaca, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: CALLE CARMELO ARACAS (2da Transversal), en Once Metros con Noventa Centímetros (11,90M/cm); SUR: DANY ARAUJO, en Doce Metros con Sesenta Centímetros (12,60M/cm); ESTE: CRUZ ALEJANDRO ROJAS, en Doce Metros con Veinte Centímetros (12,20M/cm) y OESTE: CALLE LUIS ALBERTO ALVAREZ, (8VA Transversal), en Once Metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (11,45M/cm). En las que construyo a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio un conjunto de bienhechurías que consiste en una pieza particular de concreto propia, para habitación familiar, con techo y cubierta con zinc, paredes de bloque y friso liso, piso pulido, así como los servicios públicos. Sobre la cual invirtió en dichas bienhechurías la cantidad de: VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON TREINTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 25.451.36,00), tanto en Materiales y Mano de Obra.- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano: JOSE LUIS SEQUERA ROJAS, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas al solicitante antes identificado en el escrito de solicitud.-
El Juez;
Abog. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.
SOLICITUD: N°. 16-55.
FJP/MMAT/jwpc.
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