San Fernando de Apure, 16 de Marzo de 2.016
205° y 157°

SOLICITUD: 16-63
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CARLOS RAFAEL PIÑUELA
FECHA DE ENTRADA 07 DE MARZO DE 2.016
Vista la Solicitud Nº 16-63, presentada por el ciudadano CARLOS RAFAEL PIÑUELA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.624.222, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio San Fernando, según consta en el contrato de arrendamiento de ejido otorgado, por la Sindica Procuradora Municipal (E) Abog. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno, de SEIS CIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS Y CINCUENTA CENTIMETROS (680,50 M2), ubicado específicamente en el Tocal Sector Flor Amarillo, sin número cívico, del Municipio San Fernando, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Calle en proyecto, CON DIEZ METROS Y TREINTA CENTIMETROS (10,30 mts), SUR: Calle en proyecto, CON TRECE METROS Y CURENTA Y DOS CENTIMETROS (13,42 mts) ESTE: Familia Cuervo Contreras, CON CINCUENTA Y SIETE METROS Y SETENTA CENTIMETROS (57,70 mts), y OESTE: Calle en proyecto y terreno de Juan Carlos, CON CINCUENTA Y SIETE METROS Y TREINTA Y OCHO CENTIMETROS ( 57,38 mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: Una (01) cerca perimetral de bloques, en las cuales invirtió una suma de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs 1.000.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano CARLOS RAFAEL PIÑUELA, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.


El Juez,


Abog. Francisco Javier Padrón.


La Secretaria Titular,

Abog. Maria Milagro Aranguren Tovar.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al folio ,del libro diario.
La Secretaria Titular,

Abog. Maria Milagro Aranguren Tovar.













SOLICITUD N°. 16-63.
FJP/MMAT/Yudit.