San Fernando de Apure, 09 de Marzo de 2016.-
205° y 156°

SOLICITUD: 16-49.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: SULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ
FECHA DE ENTRADA: 29 DE FEBRERO DE 2016.-

Vista la Solicitud Nº 16-49, presentado por la ciudadana: SULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.433.846, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas en un terreno de mi propiedad según consta en documento debidamente protocolizado ante el Registro Publico del Municipio San Fernando, Estado Apure, Inscrito bajo el Nº 6, folio 31 al 35 Protocolo Primero, Tomo Trigésimo Segundo, Segundo Trimestre del año 2008, constante de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (242,55 mts2), ubicado en el barrio DANILO ANDERSON S/N Jurisdicción del Municipio Biruaca, del Estado Apure, cuyo linderos y medidas son los siguientes: NORTE; 1ra Transversal, con (14,70mts), SUR; Yermara Rodríguez, con (14,70mts), ESTE; Jhonny Guevara, con (16,00mts), OESTE; Yelixa Tovar con, (17,00 Mts), bienhechurías las cuales están constituidas por una (01) casa de habitación familiar de dos (02) habitaciones, una (01) cocina, una (01) sala-comedor, un (01) lavandero, un (01) baño, piso de cemento pulido, paredes de bloque, frisadas con cemento, servicio de agua potable, agua servida y luz eléctrica. En la Construcción se invirtieron la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.OOO,oo), que se determinan en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana: SULEIMA JOSEFINA RODRIGUEZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

La Secretaria Titular,

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.

La Secretaria Titular,

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.





SOLICITUD N° 16-49.-
FJP/MMAT/af.-