REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 11 de Marzo de 2016.-
205º y 157º

AUDIENCIA ESPECIAL POR CAPTURA
CAUSA N° 1C-20.544-16.-
JUEZ : ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
PROCEDENCIA: FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSORES PRIVADOS: ABG. NOREIDYS PÉREZ Y ABG. EDWARD MONTILLA.
VÍCTIMA : SE DESCONOCE.
SECRETARIO: ABG. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ LAPREA.
IMPUTADO: FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.619.631, nacido el 07-03-1971, de 44 años de edad, de profesión y oficio Pastor Evangélico, residenciado en las sector Dios Con Nosotros, calle Ezequiel Zamora, casa N° 111, municipio San Fernando, estado Apure, Telf. 0424-353.4289, hijo de Leticia Navarro (v) y Manuel Padilla (f).
DELITO: ROBO GÉNERICO.

En el día de hoy, once (11) de marzo de 2016, siendo las 03:00 horas de la tarde, se constituyó este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia Especial por Captura del ciudadano FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V-10.619.631, quien se encuentra solicitado por el Extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, delito ROBO GÉNERICO, oficio N° 046, expediente 7980 de fecha 02/03/1998, por el Extinto Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Territorio Federal del estado Amazonas, y oficio N° 263, expediente 1630-95 de fecha 10/05/1966 por el extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, NO INDICA DELITO, solicitado según acta procesal N° E895846 de fecha 17/09/1997, Subdelegación San Fernando de Apure tipo “A”, delito de ROBO GÉNERICO; en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, se le informa al imputado que tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor y sino lo hace el Juez le designará un defensor público de guardia; el imputado manifiesta que tiene defensor y encontrándose presentes los Defensores Privados ABG. NOREIDYS PÉREZ Y ABG. EDWARD MONTILLA, quienes aceptan el cargo y se les toma el juramento de ley. Se declara abierta la audiencia, y la Fiscal expone: “El Ministerio Público hace formal presentación del ciudadano antes mencionado, contra quien se encuentra solicitado por el Extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, delito ROBO GÉNERICO, oficio N° 046, expediente 7980 de fecha 02/03/1998, por el Extinto Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Territorio Federal del estado Amazonas, y oficio N° 263, expediente 1630-95 de fecha 10/05/1966 por el extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, NO INDICA DELITO, solicitado según acta procesal N° E895846 de fecha 17/09/1997, Subdelegación San Fernando de Apure tipo “A”, delito de ROBO GÉNERICO, y deja a criterio del Tribunal la decisión correspondiente. Es todo. ”. Seguidamente conforme a lo establecido en los artículos artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 127, 132 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, se hace la advertencia preliminar al imputado, en el sentido que no está obligado a declarar en causa propia y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, se le explicó el hecho que se le atribuye con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, se le comunica el derecho que tienen a declarar quien libre de juramento, presión, coacción y apremio expone: “Doctor esos casos son viejos y ya en Febrero de 2014 me hicieron una audiencia por el Segundo de Control y la causa es 2C-19.824-13 y me dieron libertad plena. Es todo”. De seguida la defensa expone: “Esta defensa solicita que le sea concedida la libertad a mi defendido y sea oficiado al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas para que sea excluido del sistema SIPOL. Es todo”. El Juez expone: “Revisada como ha sido el presente asunto, signado con el numero 1C-20.544-16, seguida a ciudadano FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V-10.619.631, y visto que consta que a dicho ciudadano presenta orden de aprehensión el Extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, delito ROBO GÉNERICO, oficio N° 046, expediente 7980 de fecha 02/03/1998, por el Extinto Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Territorio Federal del estado Amazonas, y oficio N° 263, expediente 1630-95 de fecha 10/05/1966 por el extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, NO INDICA DELITO, solicitado según acta procesal N° E895846 de fecha 17/09/1997, Subdelegación San Fernando de Apure tipo “A”, delito de ROBO GÉNERICO, donde es palpable que tales causas están evidentemente prescritas, por lo que es procedente conceder la libertad plena y se oficie al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas para que sea excluido del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL). Y así se decide.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:

PRIEMRO: LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano: FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V-10.619.631, quien se encuentra solicitado por el Extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, delito ROBO GÉNERICO, oficio N° 046, expediente 7980 de fecha 02/03/1998, por el Extinto Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Territorio Federal del estado Amazonas, y oficio N° 263, expediente 1630-95 de fecha 10/05/1966 por el extinto Juzgado del Municipio Biruaca y Territorio Federal del estado Amazonas, NO INDICA DELITO, solicitado según acta procesal N° E895846 de fecha 17/09/1997, Subdelegación San Fernando de Apure tipo “A”, delito de ROBO GÉNERICO.

SEGUNDO: Oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines que el ciudadano FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V-10.619.631, sea excluido del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL). Cúmplase.

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
EL FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO


ABG. CARLOS VERTILIO VILLANUEVA


LOS DEFENSORES PRIVADOS


ABG. NOREIDYS PÉREZ
ABG. EDWARD MONTILLA


EL IMPUTADO


FREDDYS MATIAS BORGES ORTEGA



EL ALGUACIL DE SALA




EL SECRETARIO


ABG. JOSÉ MÉNDEZ



Causa Penal N° 1C-20.544-16
EMBL/JAML