REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA ESPECIAL DE VERIFICACIÓN (361 COPP)

CAUSA PENAL: 1C-20.318-15
JUEZ: ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.
FISCAL MUNICIPAL SEGUNDA: ABG. CARLOS CABEZA
SECRETARIA: ABG. JOSÉ ARADAMIS FARFAN
VICTIMA: EL ESTADO VEENZOLANO
DEFENSORA PRIVADA: ABG. JESUS LANDAETA RIVERO
IMPUTADOS: BATTA BATTA ROLANDO RAFAEL T ARAY TORELLAS GREGORI JOSE.
DELITO: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.


En el día de hoy, cuatro (04) de Marzo de dos mil Dieciséis (2016), siendo las 09:50 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de Verificación de conformidad a lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal. Se constituye este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure. Seguidamente el ciudadano Juez solicita del secretario verificar la presencia de las partes quien expuso: Se encuentran presente la representación de la Fiscalía Municipal Segunda del Ministerio Público ABG. CARLOS CABEZA, el defensor privada ABG. JESUS LANDAETA RIVERO, más no están presente los imputados BATTA BATTA ROLANDO RAFAEL T ARAY TORELLAS GREGORI JOSE, a pesar de encontrarse debidamente citados en la Audiencia Preliminar de fecha 01-12-2015. Seguidamente solicita el derecho de palabra la representante de la Fiscalía municipal segunda del Ministerio Público ABG. CARLOS CABEZA, quien expone: “Solicito para los ciudadanos BATTA BATTA ROLANDO RAFAEL T ARAY TORELLAS GREGORI JOSE, solicito que se proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 362 en su numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido el ciudadano Juez, ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA, expone: visto lo expuesto por la representante del Fiscalía Municipal Segunda del Ministerio Público ABG. CARLOS CABEZA, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Acuerda Decidir por auto separado lo solicitado por el Ministerio Público. Y se deja constancia que la coordinara Judicial informo que los imputados no cumplieron con las condiciones impuestas en audiencia preliminar en fecha 01-12-2015, Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA


EL FISCAL MUNICIPAL SEGUNDO DELMINISTERIO PÚBLICO

ABG. CARLOS CABEZA
EL DEFENSOR PRIVADA

ABG. JESUS LANDAETA

EL ALGUACIL DE SALA,

EL SECRETARIO,

ABG. ARADAMIS FARFAN

1C-20.318-15
EMBL/AF