San Fernando de Apure, 10 de Mayo de 2.016
205° y 157°
SOLICITUD: 16-29
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MAURI NICOLAS BENARES PULIDO
FECHA DE ENTRADA 05 DE FEBRERO DE 2.016
Vista la Solicitud Nº 16-29, presentada por el ciudadano MAURI NICOLAS BENARES PULIDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.047.801, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un lote de terreno del Municipio Biruaca, según consta en el Contrato de Arrendamiento con Opción a Compra otorgado, por la Sindica Procuradora Municipal Abog. SANTA MAGALIS NIEVES S, de la Alcaldía del Municipio Biruaca, Estado Apure, Documento Nro 015, aprobado en Sesión Ordinaria Nro 39, de fecha 28 de Octubre de 2015, Numero Catastral, Sector 009, Manzana 008, parcela 002, quedo inserto en el Libro II, Tomo II, folios 43 al 45, Cuarto Trimestre del año 2015, fecha 29 de Octubre 2015, con una superficie de terreno, de TRESCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (390,00 M2), ubicado específicamente en el Sector El Negro, sin número cívico, Jurisdicción del Municipio Biruaca, Estado Apure, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa de la Familia Fariña, CON VEINTE METROS (20,00 mts), SUR: Casa de la Familia Pulido, CON VEINTE METROS (20,00 mts), ESTE: Casa de la Familia Pulido, CON DIECINUEVE METROS Y CINCUENTA CENTIMETROS (19,50 mts), y OESTE: Carretera Nacional vía San Juan de Payara, CON DIECINUEVE METROS Y CINCUENTA CENTIMETROS (19,50 mts); y con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas ha construido un conjunto de bienhechurias de las siguientes características: por una (01) casa familiar, constante de: una (01) cocina, una (01) sala comedor, un (01) baño, dos (02) habitaciones, puertas y ventanas de hierro con techo de platabanda, piso de cemento pulido, pintura satinada, y sus anexidades, en las cuales invirtió una suma de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 600.000,00). Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de los Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano MAURI NICOLAS BENARES PULIDO, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez,
Abog. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Titular,
Abog. Maria Milagro Aranguren Tovar.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( 14 ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ,al folio ,del libro diario. La Secretaria Titular,
Abog. Maria Milagro Aranguren Tovar.
SOLICITUD N°. 16-29.
FJP/MMAT/Yudit.
|