San Fernando de Apure, 23 de Mayo de 2016.-
206° y 157°

SOLICITUD: 16-133.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: LUISA MARLENI CASTILLO DE DIAZ
FECHA DE ENTRADA: 10 DE MAYO DE 2016.-

Vista la Solicitud Nº 16-133, presentado por la ciudadana: LUISA MARLENI CASTILLO DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.139.786, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad del Municipio San Fernando según consta en Autorización, suscrito por la Abogada JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, Sindica Procuradora (E) Municipal, de la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, constante de SETENTA Y TRES, CON CINCUENTA CENTIMETROS (73,50mts), ubicado en la parroquia San Fernando, Avenida
Carabobo cruce con calle Piar, S/N,” San Fernando de Apure, Estado Apure comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: casa de Rosaura Rodríguez en seis metros con setenta centímetros (6,70 mts), SUR: Avenida Carabobo con ocho metros (8,00 mts), ESTE: calle Piar con diez (10.00mts) y OESTE: Casa de Aura Josefina Rodríguez, con diez (10.00mts) bienhechurías constituidas por: un (01) local comercial de mampostería, con techo de acerolit, techo raso, paredes de bloque y cemento frisado, con un (01) baño para uso personal, todas las instalaciones de aguas blancas y aguas negras, así como las eléctricas dos portones tipo santa-maria, una ventana metálica en el baño revestidas con pintura de caucho, piso de cemento pulido dichas bienhechurías se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio. En las cuales se invirtieron la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.OOO,oo), Bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana: LUISA MARLENI CASTILLO DE DIAZ, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,


ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Titular,

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.
La Secretaria Titular,

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 16-133.-
FJP/MMAT/af.-