TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 4 de mayo de 2016
AÑOS: 206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2016-000955
ASUNTO : CP31-S-2016-000955

RESOLUCION QUE ACUERDA RECIBIR RECAUDOS A FIN DE REALIZAR PRONUNCIAMIENTO EN TORNO A LA PROCEDENCIA O IMPROCEDENCIA DE REDENCION Y LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE CONFINAMIENTO EN VIRTUD DE PLAN CAYAPA POR PARTE DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE SERVICIOS PENITENCIARIOS.
CON DETENIDO.

ASUNTO: N° CP-31-S-2016000955.-

JUEZ: ABG. EDGAR CRISTOBAL RODRIGUEZ SILVA
FISCALIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO APURE.
DEFENSOR PUBLICO: ABG. CARLOS PEREZ
PENADO: SILVESTRE BAUTISTA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 9.381.032,
VICTIMA: ROSA ANGELA ESCOBAR CARRASQUELY ROSA AMELIA CARRASQUEL

SECRETARIA: ABG. YAMILET NAZARET CATARI
DELITO:

VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA.
PENA IMPUESTA SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION.
BENEFICIO QUE LE PROCEDE CONFINAMIENTO
TIEMPO DETENIDO 08/01/2013- hasta la fecha de 23/02-2016-
CUATRO (04) AÑO SIETE (07) MESES, VEINTICINCO (25)DIAS Y DOCE (12) ( HORAS)
CUMPLE CONDENA EN FECHA 12/04/2018 A LAS DOCE (12)HORAS DEL MEDIO DIA

Visto el Decreto 2.303 publicado en Gaceta Oficial Nº 40890 de fecha 26 de abril de 2016. Mediante el cual se establece régimen especial transitorio de los días miércoles y jueves como no laborables para la administración pública como estrategia para reducir la carga eléctrica y contribuir con el ahorro energético. El decreto entró en vigencia a partir de este miércoles 27 de abril y será aplicado hasta el viernes 13 de mayo de 2016. DECRETO N° 15 DE REFORMA DEL DECRETO DICTADO EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA ECONOMICA, MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL DECRETO N° 2.294 DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2016, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N° 40.880, DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2016. Artículo 1°. Se modifica el artículo 1°, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1 °. Se establece un régimen especial de días No Laborables, de carácter transitorio, a ser aplicado a partir del día miércoles 27 de abril de 2016, y hasta el viernes 13 de mayo de 2016, como consecuencia de los efectos negativos del fenómeno El Niño sobre los niveles de disponibilidad del volumen de agua almacenada en la Represa de Gurí, que sirve a la Central Hidroeléctrica Simón Bolívar, en el estado Bolívar.

Ahora bien la Sala plena del Tribunal supremo de justicia dictó la RESOLUCIÓN N° 2016-0005 de fecha 16 de marzo de 2016 donde el Poder Judicial implementará un Plan Estratégico de Ahorro Energético, contentivo de medidas extraordinarias y temporales a partir de la presente fecha, tendentes a incrementar el ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica, en atención a la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica. En este caso se aplica lo concerniente a los días no laborables Ahora bien conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y en virtud del plan de Descongestionamiento Procesal (PLAN CAYAPA JUDICIAL), realizado por el Ministerio DEL Poder Popular para el Servicio Penitenciario a cargo de la Ministra IRIS VARELA, en Haras de garantizar la tutela judicial efectiva establecida en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se acordara la habilitación para que se proceda al Despacho de los asuntos urgentes y que para la fase de ejecución se asegura la disponibilidad del Juez de la causa, a los fines del otorgamiento de beneficios de ley así como de las formulas alternativas de cumplimiento de pena y cualquier otra incidencia que pueda presentarse, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución atendiendo al contenido de la resolución mencionada ut-supra, acuerda habilitar el despacho el tiempo necesario a los fines de tramitar y resolver todo lo concerniente al presente asunto sub. Examine. A tales fines recibido por URDD, recaudos para solicitud de REDENCIÓN y posterior CONFINAMIENTO del penado SILVESTRE BAUTISTA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 9.381.032, Por parte de la Defensa Pública auxiliar en materia de Violencia de Genero, así como también oficio con el mismo fin del Director del Internado Judicial de San Fernando de Apure, todo de conformidad con los artículos 471, 474 y 475 del Código Orgánico Procesal Penal.

Estando este tribunal abocado en la presente causa y siendo competente para recibir y conocer sobre el expediente CP-31-S-2016-000955, numero anterior 1E-2857-13, procedente del tribunal Primero de Ejecución de Primera Instancia en lo penal del circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, visto que el penado SILVESTRE BAUTISTA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 9.381.032, condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, revisar si cumple los requisitos para el otorgamiento de EL CONFINAMIENTO, conforme a los Articulo 480 Y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, en este sentido se reciben los recaudos señalados los cuales son a juicio de este Tribunal requisitos indispensables para conceder cualquier formula alternativa de cumplimiento de condena, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure. ACUERDA: PRIMERO Recibir y darle entrada a los recaudos para solicitud de Redención y posterior Confinamiento del penado SILVESTRE BAUTISTA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 9.381.032, Por parte de la Defensa Pública auxiliar en materia de Violencia de Genero, así como también oficio con el mismo fin del Director del Internado Judicial de San Fernando de Apure, todo de conformidad con los artículos 471, 474 y 475 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal por autos separados se pronunciara sobre la SOLICITUD DE REDENCION Y EL CONFINAMIENTO SOLICITADO POR EL PENADO Y LA DEFENSA PUBLICA.

OFÍCIESE Y CÚMPLASE

EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN.
ABG. EDGAR CRISTOBAL RODRIGUEZ SILVA
LA SECRETARIA,

CAUSA N° CP31-S-2016-000955.-
ABG. YAMILE NAZARET CATARI
Seguidamente se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABG. YAMILE NAZARET CATARI

RESOLUCION Nº. PJ0072016000004.