REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 23 de Mayo de 2016
205° y 157°
CAUSA Nº 1Aa-3253-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.
Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 3-3-2016, por el Abg. Oscar Alexander Parra, Defensor de LUÍS ALBERTO MARQUINA MORA, contra la decisión dictada el 25-2-2016 por la Juez 1ª del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Xiomara Peña Rodríguez, mediante la cual decretó en perjuicio del antes mencionado, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 eiusdem.
En cuanto al medio probatorio ofrecido por la Defensa, consistente en el Acta Policial suscrita por los funcionarios del Centro de Coordinación Policial de Vigilancia del Transporte Terrestre, se declara inadmisible por innecesaria, por cuanto la revisión de la misma es obligatoria para esta Alzada.
Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.
JUEZA PRESIDENTE (Ponente),
CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZ SUPERIOR,
JUAN CARLOS GOITÍA GÓMEZ
JUEZ SUPERIOR,
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
SECRETARIA,
KATIANA LUSINCHI
CMMC/JCGG/EEC/KL/Manorka.
1Aa-3253-16.