REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 13 de Noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL CP31-S-2016-000003
ASUNTO CP31-S-2016-000003
Corresponde a este Tribunal fundamentar decisión dictada en audiencia especial celebrada en fecha trece (13) de noviembre de 2.016 a los fines de decidir si se mantiene medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano imputado ELOY GIOVANNI DAZA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.851.888, por la presunta comisión de delitos previstos y sancionados en el Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de la ejecución de orden de captura librada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE
En fecha doce (12) de noviembre de 2.016, se recibe en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), se recibió oficio Nº 9700-400-05655-16, proveniente del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación San Fernando del Estado Apure, mediante el cual remite actuaciones relacionadas con la detención del ciudadano: ELOY GIOVANNI DAZA HERRERA, quien se encuentra solicitado por la presunta comisión de delitos previstos y sancionados en el Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, mediante oficio EJTVCM-499-16, de fecha 26-09-16, relacionado con la causa penal CP31-S-2014-002673.
En fecha trece (13) de noviembre de 2.016, este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos Contra la Mujer del Estado Apure, celebra la audiencia especial a los fines de decidir si se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad o se dicta una medida menos gravosa, en la cual la ciudadana Fiscala Novena del Ministerio Público, ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA, quien realiza la siguiente exposición: “Esta representación fiscal haciendo uso de las atribuciones conferidas por el Código Orgánico Procesal Penal y en la Constitución Bolivariana de Venezuela solicita se revise el motivo de las diferentes ORDENES DE APREHENCIÓN y se declinen las actuaciones al Tribunal que libró la Orden”. Es todo.
El imputado ELOY GIOBANNYS DAZA HERRERA , manifiesta: “Yo he venido pero la negrita nunca esta”. Es todo.
La ciudadana Defensora Pública, GRISELIA RAMÍREZ quien expuso: “Solicito la imposición de una caución juratoria para mi defendido”. Es todo.
Se puede verificar de las actas procesales que la orden de captura fue librada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, mediante oficio EJTVCM-499-16, de fecha 26-09-16, relacionado con la causa penal CP31-S-2014-002673, es por lo que este Tribunal no es competente para pronunciarse sobre la misma, y es por que lo procedente y ajustado a derecho es DECLINAR LA COMPETENCIA para el conocimiento del presente asunto al TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano ELOY GIOVANNI DAZA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.851.888, en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación San Fernando del Estado Apure, remitiéndose las actuaciones originales. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Primero Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos Contra la Mujer del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: La DECLINATORIA DE LA COMPETENCIA, para el conocimiento del presente asunto al TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, se ordena remitir las actuaciones en original. SEGUNDO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano ELOY GIOVANNI DAZA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.851.888, en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación San Fernando del Estado Apure, a la orden del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, quien libró la orden de aprehensión. Se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación San Fernando del Estado Apure, a los fines de que mantengan recluido al ciudadano Imputado de Autos. Ofíciese y remítanse las actuaciones al Tribunal competente. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,
ABG. MARÍA ANGÉLICA CASTILLO SILVA
LA SECRETARIA,
ABG. MARY LOVERA
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