REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 15 de noviembre 2016.-
206° y 157°
Vista la Solicitud Nº 16-378, presentada por el ciudadano CARLOS ANTONIO APONTE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº. 11.244.806, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conforme, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Biruaca del estado Apure de fecha 07 de noviembre del año 2016; dicho terreno consta de COTROSCIENTOS METROS CUADRADOS (400,00Mts2); ubicado en el sector Apure seco, Municipio Biruaca, estado apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: AURIBIT MILANO CUARENTA METROS, (40,00 MTS); SUR:CARMEN M. FLORES, CUARENTA METROS (40,00 Mts); ESTE: RUBI APONTE, EN DIEZ METROS (10,00 Mts); y OESTE: SALIDA DE 3 Mts y Urb. SANTA ROSA, EN DIEZ METROS (10,00 Mts); las cuales ha construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, una (01) casa propia para habitación familiar, con estructura de concreto-metálicas, paredes de bloque frisadas y pintadas, piso de cemento con cerámica, techo de losa, con un primer nivel con techo de acerolit, una (01) habitación, cocina empotrada en cerámica y vidrio, recibo comedor, un (01) baño, puertas y ventanas de hierro y vidrio, cercada con paredes de bloques; en una planta baja de 60 Mts2, con columnas y un techo de acerolit para el primer nivel en esa misma área de 60 Mts2, sobre las cuales ha invertido la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 7.000.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano CARLOS ANTONIO APONTE RODRIGUEZ, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas a la parte solicitante.
La Jueza,
Abog. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTÍNEZ.
La Secretaria,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.
La Secretaria,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
Doy fe de las copias fotostáticas que anteceden, las certifico en legajos de orden del Tribunal, quince (15) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Secretaria,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
EJSM/Amtp/roxanam.-
Solicitud 16-378
Quien suscribe, Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA, Secretaria del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que las presentes copias fotostáticas son fieles y exactas a las originales de las documentales cursantes en la Solicitud Nº 16-378 de la nomenclatura de este Tribunal, que contiene la solicitud del Título Supletorio del ciudadano CARLOS ANTONIO APONTE RODRIGUEZ, las cuales expido de orden este Tribunal de conformidad con el Artículo 111º del Código de Procedimiento Civil. En San Fernando de Apure, a los quince (15) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Secretaria,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA PARRA.
roxana.-
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