En el día de hoy, veintidós (22) de noviembre del año 2.016, siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, en un local comercial donde funcionaba TIENDAS LA FORTALEZA, ubicada en la Avenida Carabobo, Municipio San Fernando, Estado Apure, para practicar la INSPECCION JUDICIAL, solicitada por los ciudadanos JAIR SADDIEL TORRES y DAVIDSADDIEL TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad nros. 8.197.098 y 8.197.097, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio GLENNDYS JOSEFINA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.251.416, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 221.008. Se Notifica de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano RONNY DANIEL MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 18.145.517. A los fines de practicar la presente Inspección este Tribunal procede a designar como Experto al ciudadano EDWARD JOSE BLANCO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.849.148, Ingeniero Civil, CIV N° 278182, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al cargo. Seguidamente el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae la solicitud en los términos siguientes: AL PARTICULAR PRIMERO: Este Tribunal deja constancia según información suministrada por el Experto designado que la presente construcción se encuentra en buen estado de mantenimiento y conservación, informando que el techo que es de acerolit se encuentra en buen estado con un pequeño deterioro por el tiempo en uso, las paredes se encuentran en perfecto estado de mantenimiento y conservación, así como las columnas y la estructura de metal que se encuentran en el mismo; el piso de granito así como las instalaciones eléctricas y agua y mobiliario divisor se encuentran en estado deteriorado por falta de limpieza y reparación. De igual forma el Experto señala que los linderos son los siguientes: NORTE: Avenida Carabobo; SUR: Centro hípico Tropiquen; ESTE: Local Variedades Cuchita y OESTE: Local Variedades Impertodo, tiene aproximadamente 600m2, es todo. AL PARTICULAR SEGUNDO: Este Tribunal deja constancia por información suministrada por el Experto designado que este inmueble posee una data aproximada de construcción de 30 años, de acuerdo a apreciación ocular y el deterioro por efectos climáticos del inmueble, de igual forma indica que el valor aproximado de dicho inmueble por la ubicación y el valor actual del metro cuadrado de conformidad con el índice inflacionario es de UN MILLON SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1700.000,00), es todo. AL TERCER PARTICULAR: Los solicitantes, asistidos de Abogada, piden el derecho de palabra y concedidoles como les fue, exponen: Que el Tribunal deje constancia de la construcción que se está realizando dentro de los linderos del galpón del Local La Fortaleza, es todo. El Tribunal deja constancia por apreciación ocular e información suministrada por el Notificado que se encuentra en construcción una edificación de aproximadamente tres pisos de estructura metálica armada, loza acero y divisiones de bloques la cual está parcialmente terminada en el lugar donde se encuentra constituido este Juzgado, es todo. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto, siendo las 9:50 a.m., ordenando el regreso a su sede natural. Termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez.
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
Los Solicitantes y su Abg. Asistente.
JAIR SADDIEL TORRES DAVID SADDIEL TORRES.
Abg. GLENNDYS JOSEFINA CASTILLO.
El Experto.
EDWARD JOSE BLANCO RIVERO.
El Funcionario Policial.
Agente Agregado MOISES LAVADO.
C.I. V-12.551.571
El Alguacil.
JOSE ALEXANDER ESPINOZA.

La Secretaria.
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T
S- 16-359.-
Af.-