En el día de hoy, miércoles nueve (09) de noviembre del año dos mil dieciséis (2.016), siendo las 9:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, conformado por el Juez Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN, la Secretaria Titular MARIA M. ARANGUREN T. y el Alguacil Titular JOSE ALEXANDER ESPINOZA, en la sede de la Policía Municipal de San Fernando de Apure, Estado Apure, ubicada en el Paseo Libertador, Municipio San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de practicar la Inspección Judicial, solicitada por el ciudadano. JOSE ASDRUBAL BENAVIDES CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.193.239, Asistido por el Abogado en ejercicio ciudadano WILMER ALFREDO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.191.177, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 138.106, quienes se encuentran presentes en este acto. Compareció a prestar apoyo un funcionario Policial, de la Policía Bolivariana del Estado Apure. Se NOTIFICA de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano JUAN ALEXANDER CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.759.491, quien manifiesta ser el Subdirector de la Policía Municipal del Estado Apure. Acto seguido el Tribunal pasa a dejar constancia de los Particulares a que se contrae la solicitud de la siguiente forma: AL PARTICULAR PRIMERO: Este Tribunal deja constancia. En este estado hace acto de presencia el ciudadano ANTONIO JOSE ULACIO MALDONADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.511.594, quien manifiesta ser Jefe de la Sala de Evidencias de la Policía Municipal del Estado Apure. AL PARTICULAR PRIMERO: Este Tribunal deja constancia que por información suministrada por el ultimo Notificado del Comando de la Policía Municipal, donde se encuentra constituido este Tribunal, cuenta con una sala de evidencias para resguardo de materiales y objetos incautados en los diferentes procedimientos que se realizan y que en la misma no se encuentra la PISTOLA con las siguientes características: MARCA: BAIKAL; TIPO: PISTOLA; CALIBRE: 380, MODELO MARKAVOW 016; SERIAL: POK1687; COLOR: NEGRO, es todo. AL PARTICULAR SEGUNDO: Este Tribunal deja expresa constancia que el mismo no se encuentra, es todo. AL PARTICULAR TERCERO: Este Tribunal deja constancia que por información suministrada por el notificado que el oficio remitido por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico en su momento no fue recibido con las formalidades establecidas por la Ley, es todo. AL PARTICULAR CUARTO: Este Tribunal deja constancia por información suministrada por el notificado que no cuentan con un reglamento para el procedimiento de inutilización de armas que son resguardadas en la sala de evidencias. AL PARTICULAR QUINTO: Este Tribunal deja constancia por información suministrada por el notificado que no se da cumplimiento por cuanto no cuentan con el reglamento, es todo. AL PARTICULAR SEXTO: Este Tribunal deja constancia que fue evacuado el PARTICULAR TERCERO, es todo. AL PARTICULAR SEPTIMO: Este Tribunal deja constancia que el notificado consigna en este acto en copia fotostática simple el oficio de fecha 11-08-2015, dirigido al Fiscal Encargado de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, Abogado Carlos Villanueva, en el que se relaciona el armamento ya identificado para ser inutilizado y el oficio de fecha 27-08-2015, remitido al comandante de la ZODI Apure, en el que se relaciona el armamento inutilizado es todo. AL PARTICULAR OCTAVO: El solicitante, asistido de Abogado pide el derecho de palabra y concedidole como le fue, expone: Si el notificado está informando al Tribunal de los oficios que quien lo ordeno hacer el procedimiento de inutilización del arma antes descritas. El notificado expone que el oficio solo relaciona las armas que van hacer inutilizadas. Si el Comandante de la Policía Municipal del Estado Apure tiene conocimiento de la inutilización del arma. El notificado informa que si tiene conocimiento, es todo. El Tribunal acuerda agregar a la presente solicitud los oficios constantes de cuatro (04) folios útiles, en copia simple fotostáticas, y no siendo otra la misión del Tribunal da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede, siendo las 11:45 a.m.-

El Juez.


Abg. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

El Solicitante y su Abogado Asistente.

José A. Benavides C. Abg. Wilmer A. Fernandez.

Los notificados; Juan Alexander Contreras y Antonio José Ulacio Maldonado

El funcionario Policial

OFICIAL AGREGADO MOISES LAVADO
C.I. V- 12.551.571
El Alguacil.

JOSE ALEXANDER ESPINOZA.

La Secretaria Titular.


Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN
S-Nº 16-344.-
Af.-