LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
206° y 157°
Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: TEOLINDA MARILUZ TABLANTE ORTEGA Y NAUDI JOSE RIVERO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.592.407 y V-12.901.191 respectivamente ambos de este domicilio, asistidos de abogado Oscar Gregorio Tablante Ortega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°138.304, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: TEOLINDA MARILUZ TABLANTE ORTEGA Y NAUDI JOSE RIVERO, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.592.407 y V-12.901.191, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Camaguan Municipio Camaguan del Estado Guárico, en fecha 13 de Mayo del año 2011, según consta del Acta de Matrimonio N° 28, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los veinticuatro (24) días del mes de Octubre del año Dos Mil dieciséis (2016). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
EL
SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 11:30 a.m.
EL SECRETARIO,
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/Lap/jl.
Exp. N° 2504-16
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