San Fernando de Apure, 06 de Octubre del año 2.016.
205° y 157°


SOLICITUD: 16-279
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DECUJUS JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN

SOLICITANTES: MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ
FECHA DE ENTRADA: 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016


Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.868.027, debidamente asistido por la Abogada Francia M. Benares Aracas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.757.804, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.312, de este domicilio; quien solicitó ante este Tribunal se le declare como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO conjuntamente con los ciudadanos SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ Y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.624.086, V-9.591.642, V-9.591.649, V-10.619.371, V-12.154.130, respectivamente, de la Decujus JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN, quien fue venezolana, de 65 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.158.926, fallecida Ab-Intestato, en el Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos ROBERT JOSE PADRON TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.953.120, y la ciudadana ADELA J. BENARES ARACAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.757.803, ambos de este domicilio; quienes declararon que si conocieron bien, de vista, trato y comunicación a la ciudadana JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN, causante en la presente acción y madre de los ciudadanos MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ; que si sabían y les consta que la difunta ciudadana JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN, no tuvo otros hijos, ni reconocidos, ni adoptivos, ni legítimos, sino a los ciudadanos MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ Y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ; Que si saben y les consta que la ciudadana JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN falleció ab-intestato, el día 05 de Junio del año 2011; y también declararon que si saben y les consta que la ciudadana JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN, dejo un bien inmueble en el Barrio La Defensa, callejón El Inos, casa N° 65, del Municipio San Fernando.

D I S P O S I T I V A:

Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a los medios probatorios consignados, como la copia certificada del acta de defunción N° 464, y las copias certificadas de las actas de nacimiento de los ciudadanos MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ Y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, y por cuanto según los medios probatorios ofrecidos y en las actuaciones solo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ Y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, cuya filiación está legalmente comprobada con la Decujus JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos MANUEL DE JESUS VALERA MARTINEZ, SERAPIO RAMON VALERA MARTINEZ, ROSA ANGELINA MARTINEZ, JUAN GENARO VALERA MARTINEZ, MIGUEL ANGEL VALERA MARTINEZ Y ELIDA BETZI PADRINO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.624.086, V-9.591.642, V-9.591.649, V-10.619.371, V-12.154.130, de este domicilio, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus JUANA ISABEL MARTINEZ FARFAN, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, del día Seis (06) del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis (2.016). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
EL Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN

La Secretaria Titular,


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia Definitiva, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto Nº , en el folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Titular,


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.






















S/Nº 16-279
FJP/MMAT/gv