Nº: 133-16
PARTES: TANIA EDITH PEREZ LAYA mediante sus Apoderados Judiciales Vicente Leone y Manuel Pérez
MOTIVO: INSPECCIÓN JUDICIAL
FECHA: 11-10-2016
CLASE: CIVIL


En el día de hoy, once de octubre del dos mil dieciséis (11-10-2016), siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) conforme a lo acordado en el auto que antecede, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure; a cargo de la Abg. PAULA CONSUELO GRAU ROMERO, Jueza Titular del mismo con su respectiva Secretaria Abg. EUDYS MIRABAL y el ciudadano Alguacil JEAN CARLOS JOSE DELGADO; a los fines de dar cumplimiento a la práctica de la Inspección Judicial a que se contrae la solicitud formulada por la ciudadana: TANIA EDIT PEREZ LAYA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.046.545, asistida por el abogado MANUEL S. PEREZ B. Acompañan al Tribunal los abogados en ejercicio MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO y VICENTE LEONE, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 91.568 y 124.888 respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales Apud Acta de la solicitante ya identificada; según poder otorgado por ante el Tribunal en fecha 06/10/2016. Se encuentran presentes en la práctica de la presente Inspección custodiando al Tribunal, una (01) comisión de la Guardia Nacional Bolivariana de la Población de San Juan de Payara Municipio Pedro Camejo, integrada por dos (02) funcionarios: S/1 LOPEZ GALVIS y el S/2 GARCIA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 17.280.899 y 22.577.677, respectivamente. Acto seguido, a los fines de prestar el asesoramiento de rigor en lo referente al segundo particular de la presente inspección, el Tribunal procede a designar como Practico Fotógrafo al ciudadano LAYA JOSE ANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.231.253, quien estando presente se dio por notificado y acepto dicha designación, y juro cumplir fiel y cabalmente con los deberes inherentes al cargo. Autorizandole este Tribunal al práctico fotógrafo designado para capturar veinte (20) fotografías en los lugares a inspeccionar de acuerdo a los dos particulares que se especifican en la presente solicitud con un teléfono celular de las siguientes características: Marca: Vtelca; Modelo: ZTE; 8 Mpls , fijándose un término de cinco (5) días hábiles para que dicho práctico consigne ante la sede de este Tribunal los resultados de las mismas. Siendo las 10:30 a.m., se constituyó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Camejo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, específicamente en el fundo denominado “La Providencia” ubicado en el Sector Médano Alto, Parroquia Cunaviche, Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, propiedad del ciudadano JOSÉ CUEVA, sitio señalado por los solicitantes plenamente identificados en autos; a fin de ejecutar la Inspección Judicial S-Nº 105-16 de la nomenclatura del Tribunal. En dicho sitio se procedió a notificar de la misión del Tribunal a una persona que dijo ser y llamarse ALONZO BOHORQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.342.148, quien es hijo del dueño del Fundo en el que se encuentra constituido el Tribunal y quien le prestó la colaboración al Tribunal en la realización de ésta medida. Seguidamente el Tribunal pasó a cumplir su cometido haciéndolo en los términos siguientes: En lo referente AL PARTICULAR PRIMERO: Se deja constancia que en el Fundo “La Providencia” habita el ciudadano JOSE DEL CARMEN BOHORQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.841.156 de acuerdo a la información suministrada por su hijo quien es el notificado, quien lo habita en condición de dueño y propietario del mencionado fundo objeto de ésta Inspección y del cual no se requirió ninguna documentación por no encontrarse presente. En lo referente AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal deja expresa constancia que se observan pastando dentro de los potreros del prenombrado fundo una cantidad aproximada de treinta y nueve (39) animales vacunos discriminados de la siguiente forma: Seis (6) mautes, Seis (6) vacas de ordeño, Siete (7) vacas horas, Doce (12) novillas, Ocho (8) becerros, y tres (3) animales equinos: dos (2) llegues y un (1) potro; todos y cada uno del hierro quemador que se corresponden con las siguiente señal: .En cuanto AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal deja constancia que el abogado MANUEL SALVADOR PEREZ, ya identificado, solicito el derecho de palabra y concedidole como fue expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal requiera del notificado en calidad de que se encuentran los semovientes pastando en este predio”. Seguidamente el Tribunal, oída la solicitud la acuerda y requiere del notificado que suministre la información respectiva y el mismo manifestó: “que dicho ganado se encuentra desde aproximadamente cuatro (4) años pastando en estos potreros, en calidad de préstamo y nos beneficiamos del ordeño”. En cuanto AL PARTICULAR CUARTO: El Tribunal deja constancia que la parte solicitante ya identificada, solicita nuevamente el derecho de palabra y concedidole como fue expuso: “Solicito a este Tribunal se deje constancia de si el ciudadano notificado tiene conocimiento sobre si se han vendido semovientes por parte del dueño de los mismos mientras ha pastado el ganado en el predio antes descrito y donde se realiza la presente Inspección, es todo”. Seguidamente este Tribunal oída la solicitud la acuerda y solicita del notificado la información y el mismo expreso: “que el mismo se ha llevado muy pocas y ha realizado algunas ventas, es todo”. El Tribunal deja constancia que el solicitante no ejerció el derecho de seguir señalando nuevos hechos en la presente Inspección. No habiendo más particulares a que hacer referencia y concluida como ha sido la misión del Tribunal siendo las 12:17 p.m., se da por terminado el acto. Se ordena el regreso del tribunal a su sede natural y una vez agregado en autos el informe fotográfico correspondiente, devuélvanse los originales con las resultas de la presente Inspección al Solicitante. Déjese copia certificada por secretaría del expediente para su archivo respectivo, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Segundo
Abg. Paula Grau

El Secretario Temporal
Abg. Eudys Mirabal El Alguacil
Jean Carlos Delgado

Los Apoderados Apud acta de la Solicitante:
Abg. Vicente Leone Abg. Manuel S. Pérez B.

Notificado
Alonzo Bohórquez

El Practico Fotógrafo designado:
José Ángel Laya.

Los Funcionarios de la G.N.B:
S/1 López Galvis S/2 García Torres