REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

ASUNTO PRINCIPAL : CP31-S-2016-000851
ASUNTO : CP31-S-2016-000851
San Fernando de Apure, 07 de octubre de 2016
AÑOS: 206º y 157º

EJECUCIÓN DE SENTENCIA
CON DETENIDO
CAUSA N° CP31-S-2016-000851.-

EL JUEZ: ABG. EDGAR CRISTOBAL RODRIGUEZ SILVA
FISCALIA: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO APURE.
DEFENSOR PRIVADO: DEFENSA PRIVADA. ABG. CRISLENE OROZCO, ABG. NOREYDIS PEREZ, ABG. JUAN PERNIA CAMPOS
PENADO: LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista, Teléfono: No Posee, hijo de María Lourdes Gallegos (V) Y José Aparicio Rodríguez (V)

VICTMA. NIÑA IDENTIDAD OMITIDA DE ACUERDO A LOS ARTICULOS 65 Y 545 DE LA LOPNA.
SECRETARIA: ABG. YAMILET NAZARET CATARI
DELITO: VIOLENCIA SEXUAL, artículos 43. 3, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en agravio de la Niña A.S.G.G de 12 años de edad, ( el cual se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), y el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, artículos 44.1 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente
PENALIDAD QUINCE (15) AÑOS, DE PRISION DE PRISION, mas las accesorias de Ley Previstas en los articulo 69 y 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia.

DE LA COMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL
El último aparte del artículo 69 del Código Orgánico Procesal Penal, establece lo que a continuación sigue:
Artículo 69. Código Orgánico Procesal Penal. Corresponde al tribunal de ejecución ejecutar o hacer ejecutar las penas y medidas de seguridad.
Asimismo el artículo 471 del texto adjetivo penal señala expresamente la competencia de los Tribunales de Ejecución, siendo del tenor siguiente:
Artículo 471. Código Orgánico Procesal Penal. Al tribunal de ejecución le corresponde la ejecución de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. En consecuencia, conoce de: 1. Todo lo concerniente a la libertad del penado o penada, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena. 2. La acumulación de las penas en caso de varias sentencias condenatorias dictadas en procesos distintos contra la misma persona, si fuere el caso. 3. La realización periódica de inspecciones de establecimientos penitenciarios que sean necesarias y podrá hacer comparecer ante sí a los penados o penadas….(Omissis)…”

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del circuito judicial penal con competencia en delitos de violencia contra la mujer de la circunscripción judicial del estado Apure, de fecha 13-09-2016, y publicada en fecha 14/09/2016, mediante la cual se condena al ciudadano: LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista, Teléfono: No Posee, hijo de María Lourdes Gallegos (V) Y José Aparicio Rodríguez (V), a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, DE PRISION por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, artículos 43. 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en agravio de la Niña A.S.G.G de 12 años de edad, ( el cual se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), y el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, artículos 44.1 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Este Tribunal de Ejecución conforme a lo dispuesto en los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por disposición del único aparte del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, procede a dictar el Auto de Ejecución de Sentencia y computo en los siguientes términos:
Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el cómputo respectivo de la pena que recae en contra del prenombrado ciudadano.
PENADO: LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista,
DELITO: VIOLENCIA SEXUAL, artículos 43. 3 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en agravio de la Niña A.S.G.G de 12 años de edad, ( el cual se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), y el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, artículos 44.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
PENA IMPUESTA: QUINCE (15) AÑOS, DE PRISION DE PRISION, mas las accesorias de Ley Previstas en los articulo 69 y 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia.
FECHA DE LA DETENCIÓN: De la revisión exhaustiva practicada a las presentes actuaciones, y por aplicación del artículo 476 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: “Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso Desde: 10 de abril de 2016. Hasta la fecha de hoy 07/10/2016.
TIEMPO DETENIDO: CINCO (05) MESES Y 27 DIAS. DE PRISION
FALTA POR CUMPLIR: CATORCE AÑOS (14) AÑOS SEIS (06) MESES Y QUINCE (15 ) DIAS DE PRISION
BENEFICIO O FORMULAS ALTERNATIVAS DE CUMPLIMIENTO DE PENA QUE LE PROCEDEN EN LAS FECHAS: De conformidad con el articulo 488.-PARÁGRAFO SEGUNDO: de las excepciones Cuando el delito que haya dado lugar a la pena impuesta, se trate de violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes (Omisis), las fórmulas alternativas previstas en el presente artículo solo procederán cuando se hubiere cumplido efectivamente las tres cuartas partes de la pena impuesta. Es decir cuando se CUMPLAN ONCE (11) AÑOS TRES (03) MESES DE PRISION de pena cumplida. El 10/07/2027 Para acceder a los medios alternativos de cumplimiento de pena Destacamento de Trabajo, Régimen Abierto, Libertad Condicional . Confinamiento
Cumple la Pena: 10/04/2031.

En virtud de lo acordado en la sentencia Condenatoria de fecha 13-09-2016, y publicada en fecha 14/09/2016, en donde el ciudadano LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista, y a los efectos del cumplimiento de las penas accesorias previstas en el artículo 69 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 16 del Código Penal que establece “La inhabilitación política durante el tiempo de la condena”, se acuerda oficiar al Consejo Nacional Electoral (CNE) a los fines de su cumplimiento.

Por otra parte, de conformidad con el articulo 70. - de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia, se le impone al penado la obligación de acudir a Programas de Orientación, atención y prevención, dirigidos a modificar su conducta, promoviendo cambios culturales e incentivarles valores de respeto e igualdad entre hombres y mujeres, en aras de evitar la reincidencia; durante el tiempo de condena, (CICLO DE SEIS 06 CHARLAS)
No Procede la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por cuanto la pena impuesta excede de cinco (05) Años, de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
.En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso, le procede en las fechas anteriormente mencionadas los formulas alternativas de cumplimiento de pena al cumplir las tres cuartas (3/4) partes de la condena al penado: LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista,, Por último, por cuanto dicho penado, se encuentran privado de libertad; este Tribunal acuerda mantener dicha Medida Privativa de Libertad a ser cumplida en el Internado Judicial de San Fernando de Apure. Notifíquese del presente cómputo al penado, Impóngase de la ejecución de la pena impuesta; a tal efecto se acuerda fijar Audiencia de imposición de la ejecución de sentencia y computo para el día jueves 13/10/2016 a las 11:00 am, ordenándose librar boleta de traslado y de notificación a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase. Regístrese y Publíquese y Déjese Copia Certificada.
DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el articulo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 474 y 476 ejusdem, ejecuta la sentencia condenatoria y el computo de la pena impuesta al penado : LEONEL GERMAN GALLEGOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.416.629. Fecha de Nacimiento 04/03/1997, edad: 19 años, Dirección: Vía el Tocal, Frente a Apure TV, San Fernando Estado Apure, Ocupación: Moto Taxista, PRIVADA DE LIBERTAD, por condena impuesta por el Tribunal de primera instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial penal con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, de fecha 13-09-2016, y publicada en fecha 14/09/2016, en la que se condenó a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, DE PRISION DE PRISION, mas las accesorias de Ley Previstas en los articulo 69 y 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de violencia, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, artículos 43. 3 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en agravio de la Niña A.S.G.G de 12 años de edad, ( el cual se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), y el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, artículos 44.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Visa Libre de Violencia con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en los términos señalados, estableciéndose en el presente computo inicial de pena, que aun le falta por cumplir de la condena impuesta el lapso de CATORCE AÑOS (14) AÑOS SEIS (06) MESES Y QUINCE (15 ) DIAS DE PRISION Se acuerda remitir Copia Certificada del Cómputo de pena, al Director del Consejo Nacional Electoral (CNE) Oficina estado Apure y al Internado Judicial del estado Apure, sitio donde se encuentra actualmente recluido y al SIIPOL, a los efectos de ser registrado en el sistema, informándole además que el penado debe cumplir con Programas de Orientación, atención y prevención,(Obligatorios) de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ciclo de seis (06) charlas. Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Ley de Registro de Antecedentes Penales Vigente. Impóngase al penado del presente computo de la pena impuesta y ejecución de sentencia; a tal efecto se acuerda fijar Audiencia de imposición de la ejecución de sentencia y computo para el día jueves 13/10/2016 a las 11:00 am, ordenándose librar boleta de traslado y de notificación a las parte, al Internado Judicial de San Fernando de Apure. sitio donde se encuentra actualmente recluido el penado. Líbrese lo conducente. Cúmplase. Regístrese y Publíquese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, a los 07 días del mes de octubre de 2016.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN.
ABG. EDGAR CRISTOBAL RODRIGUEZ SILVA
LA SECRETARIA,

CAUSA N° CP-S-2016-000851.-
ABG. YAMILET NAZARET CATARI
Seguidamente se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABG. YAMILET NAZARET CATARI


Resolución Nº.PJ0072016000065.