REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE
San Fernando de Apure, 30 de Septiembre del año 2016
206º y 157º
SENTENCIA DE EXTINCION DE LA FASE DE SUSTANCIACION
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
ASUNTO: JMS2-981-16
DEMANDANTE: OZAR AULO JIMENEZ MERCHAN, titular de la cedula de identidad N° V- 11.757.010.
DEMANDADA: AURA YELITZA SERRANO HIDALGO, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.046.793.
MOTIVO: Acción Mero Declarativa de la Unión Concubinaria.
I
Vista la demanda de Divorcio Ordinario, suscrita por el ciudadano OZAR AULO JIMENEZ MERCHAN, titular de la cedula de identidad N° V- 11.757.010, debidamente asistido por la Abogada Diana Mariela Pérez Bolívar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 135.372, contra la ciudadana AURA YELITZA SERRANO HIDALGO, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.046.793, parte demandada de la presente causa, padres biológicos de los hermanos Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), nacida el 18-06-2002, Año 2002, según Acta de Nacimiento Nro. 879, Fecha 29-12-2003, Año 2004, según Acta de Nacimiento Nro. 281, ambas registradas por ante El Registro Civil del Municipio Biruaca, Estado Apure, quien solicito sea declarada la existencia de una Unión Concubinaria entre su persona y la ciudadana AURA YELITZA SERRANO HIDALGO.
II
En fecha 14 de Junio del año 2016, se admitió la presente solicitud, se acordó librar notificación a la parte demandada y a la Fiscal Sexta y se ordeno publicar un edicto.
En fecha 27 de Septiembre de 2016, se realizó la Audiencia de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, siendo anunciada a las puertas del Tribunal, se deja constancia que no compareció ante este Recinto la parte demandante ciudadano OZAR AULO JIMENEZ MERCHAN, titular de la cedula de identidad N° V- 11.757.010, ni la parte demandada ciudadana AURA YELITZA SERRANO HIDALGO, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.046.793, ni por si, ni por medio de apoderados algunos, es por lo que se acuerda la Extinción de la Acción Mero Declarativa de la Unión Concubinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece: “(……..) Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida en un acta que se publicará en el mismo día”. Asimismo se acuerda cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar y remítase al archivo judicial de esta ciudad
III
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera procedente y ajustado a derecho DECLARAR EXTINGUIDO EL PROCESO, conforme al artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.- Regístrese y Publíquese el presente auto. Cúmplase. Y por cuanto no hay más actuaciones que practicar se acuerda cerrar y remitir al Archivo Judicial de este estado. Cúmplase.
Dada, Firmada y Sellada en la sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con Sede en San Fernando de Apure, a los treinta (30) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).- Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
El Juez Prov.,
Abg. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
En esta misma fecha se publicó la presente Sentencia, previo anuncio de Ley, a las puertas del Tribunal siendo las 10:00 a.m.-
La Secretaria.,
Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/DM/miglays.-
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