REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 28 de Septiembre de 2016

206° y 157°

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana JASPE SANCHEZ JOSMARLY JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 18.545.938, de este domicilio, signada con el N°. 2.016-287; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud.- Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conformes.- Este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Solicitante, según Documento debidamente Registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando, Estado Apure, en fecha 22 de Enero de 2.015, inscrito bajo el Nº. 2015.96, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº. 271.3.6.1.15359, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.014, constante de TRESCIENTOS DIECISEIS METROS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÌMETROS (316,94 M2), ubicado en “LA PARROQUIA EL RECREO, LAS MINAS II, S/N” de esta ciudad, y esta ubicado dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Casa Sra. Inojosa Ramona, en Veintiún Metros con Ochenta y seis Centímetros (21,86 mts.); SUR: Calle 3era Transversal, en Diecisiete Metros con Noventa y Ocho Centímetros (17,98 mts.); ESTE: Jesús Venero, en Quince Metros Con Sesenta y Cinco Centímetros (15,65 mts.) y OESTE: Casa del sr. Ramón Isauro, en Dieciséis Metros Con sesenta y nueve Centímetros (16,69 mts.), las mencionadas bienhechurías consisten: tres (3) habitaciones, un (1) recibo-comedor, una (1) sala de cocina, dos (2) baños, cinco (5) puertas de madera, una (1) puerta de hierro con su respectivo protector, once (11) ventanas panorámicas con protectores de hierro, construidas con bloques de cemento frisado y mezclillados revestidos de pintura, tubos estructurales, piso de cemento rustico, techo de latón y acerolit, con DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 Mts2) de cerca perimetral en bloques de cemento, un (1) pozo séptico, un (1) pozo de agua profunda y servicios de energía eléctrica; en las cuales se ha invertido la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 6.500.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana JASPE SANCHEZ JOSMARLY JOSEFINA, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-

La Juez,
Abog. EUMELY J. SÀNCHEZ MARTÌNEZ.
La Secretaria,
Abog. ANANGELICA M. TAPIA P.-

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de: ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al Folio del Libro Diario.

La Secretaria,

Abog. ANANGELICA M. TAPIA P.-


Doy fe de la exactitud de las copias que anteceden, las certifico de orden del Tribunal, en San Fernando de Apure a los Veintiocho (28) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).- Años: 206º de la Independencia y 157° de la Federación.

La Secretaria,

Abog. ANANGELICA M. TAP

EJSM/amtp/evm.-
SOLICITUD N°. 16- 287.-