SOLICITUD: 15-175
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS DE LA DECUJUS
LUISA RAMONA RODRIGUEZ.
SOLICITANTE: TILSA TIBISAY RODRIGUEZ.
FECHA DE ENTRADA: 14 DE JUNIO DE 2016
Vista la anterior Solicitud, presentada por la ciudadana TILSA TIBISAY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.597.845, debidamente, asistido por el Abogado en ejercicio legal ciudadano GRIOS MANUEL PEREZ VILLANUEVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.954, de este domicilio; quien solicito ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, se declare conjuntamente con sus hermanos ALEXIS OMAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.872.491, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.770.876, MARIA LUISA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.671.195, y VICTOR ABRAHAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.768.177; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus: LUISA RAMONA RODRIGUEZ, quien fue venezolana titular de la cédula de Identidad Nº V-1.838.233, falleció Ab-Intestato, en la ciudad de San Fernando, Jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure. Oídas las declaraciones de los ciudadanos LISMAIRA DEL VALLE FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.239.925 y BRIGIDO ABEL ARANA PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.242.302, ambos de este domicilio; quienes declararon. Si conozco suficientemente a la ciudadana TILSA TIBISAY RODRIGUEZ, de vista trato y comunicación desde hace varios años así mismo conocí en vida a la Decujus LUISA RAMONA RODRÍGUEZ. Si se y me consta que la ciudadana LUISA RAMONA RODRÍGUEZ, falleció Ab-Intestato en esta ciudad San Fernando de Apure, Estado Apure, el día 25 de Abril del 2.016. Si se y me consta que la Decujus LUISA RAMONA RODRÍGUEZ, era la madre de la solicitante y de los ciudadanos arriba antes identificados. Si se y me consta que los Únicos y Universales Herederos de la Decujus LUISA RAMONA RODRÍGUEZ, son los arriba antes mencionados.
D I S P O S I T I V A
Finalmente este Juzgado considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, con las copias certificadas del Acta de Defunción y las copias de las Partidas de Nacimiento y por cuanto en estas actuaciones sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos TILSA TIBISAY RODRIGUEZ, ALEXIS OMAR RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ, MARIA LUISA RODRIGUEZ, y VICTOR ABRAHAN RODRIGUEZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos TILSA TIBISAY RODRIGUEZ, ALEXIS OMAR RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ, MARIA LUISA RODRIGUEZ, y VICTOR ABRAHAN RODRIGUEZ, de este domicilio, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la Decujus LUISA RAMONA RODRÍGUEZ, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales al Solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, siendo las 3:00 p.m., del día veintidós (22) del mes de Septiembre de Dos Mil Dieciséis (2.016). Años 206º de la Independencia y 157º de la federación.
EL Juez;
Abg. Francisco Javier Padrón.
La Secretaria Temporal;
Abg. Génesis D. Venare Falcón.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior Sentencia, conforme a lo ordenado y quedó anotada en el punto N° , al folio ( ), del Libro Diario.
La Secretaria Temporal;
Abg. Génesis D. Venare Falcón.
Solicitud N° 16-175
FJP/GDVF/Christtian.
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