San Fernando de Apure, 28 de Septiembre del año 2.016
205° y 157°
SOLICITUD: 16-278
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: YRIS MARLY LAMEDA DE DIAZ FECHA DE ENTRADA: 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016
Vista la solicitud Nº 16-278, presentada por la ciudadana YRIS MARLY LAMEDA DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.138.592, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del MUNICIPIO SAN FERNANDO, según consta en la AUTORIZACION suscrita por la ABG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, Sindica Procuradora (E) del Municipio Autónomo San Fernando, de fecha Dieciséis (16) de Septiembre del año 2016. Ubicado en la Parroquia San Fernando, Municipio San Fernando, Barrio El Calvario, Avenida Sánchez Olivo, c/c vereda 1, s/n, con una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTINUEVE CENTIMETROS (335,29 M2); cuyos linderos y medidas son: Norte: Casa de la Familia Rattia, con 14,10+9,62 Mts; Sur: Vereda 1, con 13,70+10,03 Mts; Este: Casa de la Familia Fuentes, con 16,32 Mts; y Oeste: Avenida Sanchez Olivo, con 12,40+4,70 Mts; y que construyo unas bienhechurías constante de un inmueble para habitación tanto familiar y residencial de construcción de mampostería, de tres anexos denominados Anexo 1, 2 y 3, constante de dos plantas, planta baja: la casa propia y Anexo 2 y 3, constituido en cerca perimetral totalmente de bloque frisada y mezclilladas. Anexo 2: un inmueble tipo Townhouse con recibo – comedor, cocina totalmente empotrada, tres (03) habitaciones, uno (01) en la parte de abajo y dos (02) en la parte de arriba, un (01) baño revestido de cerámica, cinco (05) puertas, siete (07) ventanas, un (01) lavandero, construido con bloques totalmente fizados y mezclillados, con techo de platabanda la planta de abajo y la superior de acerolit, piso de cemento pulido, con su cerca perimetral de bloques frisados y mezclillados, cuyas medidas y linderos particulares son: Norte: Anexo 3, con 10,00 mts; Sur: Vereda N° 1, con 10,03 mts; Este: Familia Fuentes, con 4,15 mts; y Oeste: Familia Diaz Lameda, con 4,87 mts, para un total de superficie de cuarenta y cinco metros cuadrados con quince centímetros (45,15 M2). Anexo 3: recibo – comedor, cocina totalmente empotrada, cuatro (04) habitaciones, tres (03) baños revestidos de cerámica, siete (07) puertas, seis (06) ventanas, un (01) lavandero, construida con paredes de bloques y frisadas y mezclilladas, cuyos linderos y medidas son: Norte: Familia Rattia, con 9,62 mts; Sur: Anexo 2, con 9,60 mts; Este: Familia Fuentes, con 9,47 + 2,70 mts; y Oeste: Familia Diaz Lameda y Familia Rattia, con 9,00 mts, para un total de superficie de ciento un metros con setenta y dos centímetros (101,72 M2). Planta Alta: Anexo 1 construido encima del inmueble principal con su cerca perimetral totalmente de bloque frisados y mezclillados con piso de cemento pulido. Anexo 1: un apartamento con acceso por escalera lateral, con paredes de bloques frisados y mezclillados, techo de acerolit, piso de cerámica, tres (03) habitaciones, un (01) baño totalmente revestido de cerámica, sala – comedor, una (01) cocina totalmente empotrada, ocho (08) ventanas metálicas, seis (06) puertas metálicas, un (01) balcón enrejado, un (01) lavandero, y piso de cemento pulido, cuyos linderos y medidas son: Norte: Familia Rattia, con 14,10 mts; Sur: Vereda N° 01, con 2,45 + 11,70 mts; Este: Anexo 2, con 3,14 + 4,80 mts; y Oeste: Avenida Sánchez Olivo, con 9,10 mts, para un total de superficie de ciento veinte metros cuadrados con treinta centímetros (120,30 M2). El costo de la construcción de las bienhechurías, la mano de obra y materiales fue por un costo total de UN MILLON SETECIENTOS MIL DE BOLIVARES (Bs. 1.700.000,00); bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor de la ciudadana YRIS MARLY LAMEDA DE DIAZ. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 16-278
FJP/MMAT/gv
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