REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure.
San Fernando, 07 de Abril de 2017
206º y 158º
Exp. Nro. JMSS1-6107-14
Visto el contenido de la diligencia de fecha 06-04-2017 suscrita por los ciudadanos WILMARY CAROLINA AGRAZ QUINTANA y EUDYS ARNALDO CUBIDES SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-21.004.366 y 17.396.392, actuando en su condición de padres de las Niñas Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde solicitan el cierre y culminación del presente expediente por cuanto los mismos retomaron su relación como pareja, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el Desistimiento del presente procedimiento por Convenio de Obligación de Manutención, en los términos expuestos por la parte interviniente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y no habiendo más actuaciones que practicar; el Tribunal ordena el cierre definitivo de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión.-
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando a los Siete (07) días del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.-
La Juez Temporal
Abg. JANNIS MEJÍAS GARRIDO
La Secretaria,
Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
En esta misma fecha siendo las 11:33 a.m., se Publicó y se Registró la anterior Sentencia
La Secretaria,
Abg. NERYS SOBEIDA RUIZ
JMG/nicxon.-
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