REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, Diecisiete (17) de Abril del año 2017
206º y 158º
ASUNTO: No. JJ-960-2194-2017
MOTIVO: RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA).-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-
Vista el Acta de Audiencia Oral de Juicio que antecede de esta misma fecha, inserta a los folios Treinta y Cinco (35) al Treinta y Siete (37), donde el ciudadano JESUS ALEXANDER ESPINOZA CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.670.309 y con domicilio en el Sector 7 de septiembre, calle principal, casa s/n, el Recreo, Municipio San Fernando del Estado Apure, debidamente asistido en este acto por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero, demanda a la ciudadana; YOSMARY JANETH SANCHEZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 23.737.559, con domicilio en el Barrio 9 de Diciembre, detrás de la residencia del Gobernador, entrando por la calle ancha de al lado de la residencia, cruzando a mano izquierda, única casa de 2 plantas, Municipio San Fernando del Estado Apure, quien expone; Desisto de la presente Demanda de Responsabilidad de Crianza (Custodia), seguida en la presente causa. Asimismo se fije Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención de la siguiente manera; cada 15 días compartirá el padre con el referido niño, lo buscara en la escuela. vacaciones escolares para el mes de agosto con el padre y en septiembre con la madre, para el cumpleaños del niño que nos ocupa, en el mes de octubre del presente año lo pasara con la madre y en el año 2018, con el padre y los siguientes años serán alternos, las vacaciones desde el 15 al 27 de diciembre del presente año con el padre y del 28 al 05 de enero de 2018, con la madre, en carnavales con el padre y semana santa con la madre del año 2018 y los años siguientes serán alternos, la Obligación de Manutención; 50% del sueldo integral mensual, aportes extras por la suma del 50% del Bono Vacacional y Bono Decembrino, para sufragar parte de los gastos escolares y de fin de año”. Se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada quien expone “Estoy de acuerdo con lo planteado por el padre de mi hijo” Ambos padres solicitan se homologue el presente acuerdo, por cuanto de la revisión del Desistimiento realizado por el ciudadano JESUS ALEXANDER ESPINOZA CARDENAS, identificado en auto, asistido en este acto por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero; asimismo se observa que lo planteado no violenta el orden público, ni vulnera los derechos de aquella, tratándose de un asunto sobre el cual es posible la conciliación y que tal acuerdo redunda en la economía y celeridad procesal.-
Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en consecuencia; ACUERDA;
PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO de la DEMANDA DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), intentado por el ciudadano JESUS ALEXANDER ESPINOZA CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.670.309 y con domicilio en el Sector 7 de septiembre, calle principal, casa s/n, el Recreo, Municipio San Fernando del Estado Apure, debidamente asistido por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero, en contra de la ciudadana YOSMARY JANETH SANCHEZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 23.737.559, con domicilio en el Barrio 9 de Diciembre, detrás de la residencia del Gobernador, entrando por la calle ancha de al lado de la residencia, cruzando a mano izquierda, única casa de 2 plantas, Municipio San Fernando del Estado Apure.
SEGUNDO: HOMOLOGA, el acuerdo planteado entre las partes ciudadanos JESUS ALEXANDER ESPINOZA CARDENAS y YOSMARY JANETH SANCHEZ NAVARRO, a favor del Niño: (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en Relación al Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 263 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: Se ordena aperturar causa civil para controlar el Régimen de Convivencia Familiar y la Obligación de Manutención.-
CUARTO: Se acuerda remitir la presente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, a los fines de su ejecución. ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE.
Regístrese la presente Decisión.-
Extiéndase a las partes que las soliciten, copias certificadas del presente fallo.-
Dada, firmada y sellada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando, a los Diecisiete (17) día del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.-
La Juez Prov.,
Abg. MERALYS MANZANILLA MOTA
La Secretaria.,
Abg. DAYAN CARO MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria.,
Abg. DAYAN CARO MARTINEZ
Exp. No. JJ-960-2194-2017.-
MMM/DCM/Alexander.-
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