REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



CORTE DE APELACIONES
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 30 de Agosto de 2017
207° y 158°


CAUSA Nº 1As-3575-17
JUEZ PONENTE: EDWIN ESPINOZA COLMENARES


Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 8-5-2017, por el abogado Pedro Jesús Balcazar González, en su carácter de Defensor Privado de Lucy Francis Alvarado González, contra la decisión dictada el 26-2-2016, y publicada en fecha 6-2-2017, por la Jueza 2ª de 1ª Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Sara Betancourt Gutiérrez, mediante la cual condenó a la ciudadana Lucy Alvarado González de Zerpa, a cumplir la pena de un (01) año de prisión, por la comisión del delito de Perturbación a la Posesión Pacífica, previsto en el artículo 472 del Código Penal. La Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Observa esta Alzada que corre a los folios 307 al 308 de la causa original de la pieza II, el cómputo elaborado por la secretaria del Tribunal A-quo, Abg. Yraida Bejas, del cual se lee: “…Que desde el día Lunes Seis (6) de Febrero del 2017, fecha en que se publico (sic) el Texto Integro (sic) de la Sentencia Definitiva de la Culminación de Juicio Oral y Público, mediante el cual se dicto (sic) sentencia Condenatoria en contra de la acusada: LUCY ALVARADO GONZÁLEZ DE ZERPA, a cumplir un (1) Año de Prisión, y se libraron las respectivas notificaciones a las partes dándose por notificado el Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público ABG. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GUILLEN, en fecha 13/02/2017 y el ABG. PEDRO JESÚS BALCAZAR, en su carácter de Defensor Privado, en fecha Jueves Dieciséis (16) de febrero del 2017, hasta el día Lunes Ocho (8) Mayo del 2017, fecha en que la Defensa Privada, interpuso Recurso de Apelación por ante el área de alguacilazgo, transcurrieron así: Treinta (30) días hábiles, discriminados así: Viernes 17/02/2017, Sábado 18/02/2017, (NO LABORABLE), Domingo 19/02/2017, (NO LABORABLE), Lunes 20/02/2017, Martes 21/02/2017, Miércoles 22/02/2017, Jueves 23/02/2017, Viernes 24/02/2017, Sábado 25/02/2017, (NO LABORABLE), Domingo 26/02/2017, (NO LABORABLE), Lunes 27/02/2017, (NO LABORABLE), Martes 28/02/2017, (NO LABORABLE), Miércoles 01/03/2017, Jueves 02/02/2017, Viernes 03/03/2017 (NO LABORABLE DECRETO DE LA ALCALDÍA), Sábado 04/03/2017, (NO LABORABLE), Domingo 05/03/2017, (NO LABORABLE), Lunes 06/03/2017, Martes 07/03/2017, Miércoles 08/03/2017, Jueves 09/03/2017, Viernes 10/03/2017, Sábado 11/03/2017, (NO LABORABLE), Domingo 12/03/2017, (NO LABORABLE), Lunes 13/03/2017, Martes 14/03/2017, Miércoles 15/03/2017, Jueves 16/03/2017, Viernes 17/03/2017, Sábado 18/03/2017, (NO LABORABLE), Domingo 19/03/2017, (NO LABORABLE), Lunes 20/03/2017, Martes 21/03/2017, Miércoles 22/03/2017, Jueves 23/03/2017 (Sin Despacho, rotación de Jueces), Viernes 24/03/2017 (Sin Despacho, realización de trabajo administrativo en virtud de rotaciones de jueces), Sábado 25/03/2017, (NO LABORABLE), Domingo 26/03/2017, (NO LABORABLE), Lunes 27/03/2017, Martes 28/03/2017, Miércoles 29/03/2017, Jueves 30/03/2017, Viernes 31/03/2017, Sábado 01/04/2017, (NO LABORABLE), Domingo 02/04/2017, (NO LABORABLE), Lunes 03/04/2017, Martes 04/04/2017, Miércoles 05/04/2017, (Sin despacho juez de Permiso), Jueves 06/04/2017 (Sin despacho Juez de Permiso), Viernes 07/04/2017, (Sin despacho Juez de Permiso), Sábado 08/04/2017, (NO LABORABLE), Domingo 09/04/2017, (NO LABORABLE), Lunes 10/04/2017 (Sin despacho juez de Permiso), Martes 11/04/2017 (Sin despacho juez de Permiso), Miércoles 12/04/2017 (Sin despacho juez de Permiso), Jueves 13/04/2017 (NO LABORABLE), Viernes 14/04/2017 (NO LABORABLE), Sábado 15/04/2017, (NO LABORABLE), Domingo 16/04/2017, (NO LABORABLE), Lunes 17/04/2017, Martes 18/04/2017, Miércoles 19/04/2017 (NO LABORABLE), Jueves 20/04/2017 (Sin despacho Juez de Permiso), Viernes 21/04/2017 (Sin despacho Juez de Permiso), Sábado 22/04/2017, (NO LABORABLE), Domingo 23/04/2017, (NO LABORABLE), Lunes 24/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Martes 25/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Miércoles 26/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Jueves 27/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Viernes 28/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Sábado 29/04/2017, (NO LABORABLE), Domingo 30/04/2017, (NO LABORABLE), Lunes 01/05/2017 (NO LABORABLE), Martes 02/05/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Miércoles 03/05/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Jueves 04/05/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Viernes 05/04/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), Sábado 06/05/2017, (NO LABORABLE), Domingo 07/05/2017, (NO LABORABLE), Lunes 08/05/2017 (Sin despacho, vacante de Juez), (Día en que se interpuso el Recurso de Apelación ante el Área de Alguacilazgo)....”.

Ahora bien, precisado lo previo no puede haber hesitación en cuanto a que la pretensión planteada es inadmisible por extemporánea, toda vez que fue formulada 30 días después, de los 10 que establece el artículo 445 del Código Orgánico Procesal Penal, como lapso para impugnarlo.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

UNICO: Declara inadmisible por extemporánea de conformidad al artículo 428 literal b, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la pretensión interpuesta el 8-5-2017, por el abogado Pedro Jesús Balcazar González, en su carácter de Defensor Privado de Lucy Francis Alvarado González, contra la decisión dictada el 26-2-2016, y publicada en fecha 6-2-2017, por la Jueza 2ª de 1ª Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Sara Betancourt Gutiérrez, mediante la cual condenó a la ciudadana Lucy Alvarado González de Zerpa, a cumplir la pena de un (01) año de prisión, por la comisión del delito de Perturbación a la Posesión Pacifica, previsto en el artículo 472 del Código Penal.

Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y remítanse todas las actuaciones de inmediato al Tribunal de origen. Cúmplase.
EL JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE,

PEDRO RAFAEL SOLORZANO MARTÍNEZ

EL JUEZ,

EDWIN MANUEL BLANCO LIMA.

EL JUEZ, (PONENTE)

EDWIN ESPINOZA COLMENARES.

EL SECRETARIO,

JOSÉ ANTONIO MENDEZ LAPREA.
Causa N° 1As-3575-17
PRSM/EEC/EMBL/JAML/José.-