REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 9 de enero de 2017.
206° y 157°.
CAUSA Nº 1As-3402-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 5-9-2016 por los Abgs. Francys Espinoza y Antonio José Hernández, Defensores de MAURO YOJACKSON ESPINOZA GALLARDO, contra la sentencia dictada el 16-5-2016, por la Juez Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. SARA BETANCOURT, publicado su texto íntegro el 8-8-2016, mediante el cual condenó al ciudadano antes mencionado, como responsable de la comisión de los delitos de robo agravado como perpetrador, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y porte ilícito de arma de fuego, tipificado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en los numerales 2 y 5 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se acuerda fijar para el día 17 de enero del 2017, a las 3:00 P.M., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Cítese a las partes. CÚMPLASE.


JUEZA PRESIDENTE (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO

JUEZA SUPERIOR

CARME PIERINA LOGGIODICE
JUEZ SUPERIOR,

EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA SECRETARIA,

KATIANA LUSINCHI



CMMC/CPL/EEC/KL/manorka.
1As-3402-16.