SOLICITANTES: MARÍA BRISEIDA RANGEL P y JOSÉ LISANDRO ARJONA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.219.390 y V-8.197.556, respectivamente.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A.

EXPEDIENTE Nº: 2545-16.

SENTENCIA: DEFINITIVA.


Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARÍA BRISEIDA RANGEL P y JOSÉ LISANDRO ARJONA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.219.390 y V-8.197.556, respectivamente, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: MARÍA BRISEIDA RANGEL P y JOSÉ LISANDRO ARJONA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.219.390 y V-8.197.556, el cual contrajeron por ante la Prefectura Civil del Distrito San Fernando del Estado Apure, en fecha 08 de Diciembre del año 1981, según consta del Acta de Matrimonio N° 205, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.

Publíquese, regístrese y cópiese.

Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los tres (03) días del mes de Febrero del año Dos Mil diecisiete (2017). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE,
(FDO)
ABG. MILVIDA UTRERA ROJAS

EL SECRETARIO,

(FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 11:30 a.m.
EL SECRETARIO,

(FDO)
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
MUR
Exp. N° 2545-16