San Fernando de Apure, 20 de Febrero de 2017.-
206° y 157°

SOLICITUD: 17-44.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ALFREDO RAMON MORILLO
FECHA DE ENTRADA: 16 DE FEBRERO DE 2017.-

Vista la Solicitud Nº 17-44, presentado por el ciudadano: ALFREDO RAMON MORILLO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.168.351, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad constante de DOSCIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (221,67 Mts2), según consta en el documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio San del Estado Apure, en fecha 25/01/2005, bajo el Nº 27, folios 170 al 176, Protocolo Primero, Tomo Cuarto, Primer Trimestre del referido año, el mismo se encuentra comprendido dentro de los siguientes: puntos, distancias y coordenadas: p1 (n872.914,55,E668.724,93) 6,80 P2 ( N872.915,08,E668.713,71) 24,73 P3 (N872.918,14,E668.756,25) 6,55-P4 (N872.911,65,E668.757,17) 31,53 P5 (N872.906,87,E668.726,00) 7,75 P1 872.914,55,E668.724,93), construyo un conjunto de bienhechurías conformada por una casa de mampostería que consta de; dos (02) plantas distribuida de la siguiente manera PLANTA BAJA tres (03) dormitorios, dos (02) baños, una (01) cocina, una (01) sala comedor, un (01) patio, techo de platabanda, piso de Cerámica, Columnas de 30x30, PRIMERA PLANTA: Un (01) local comercial, piso de granito, techo de platabanda, un (01) baño, una (01) oficina, un (01) área de depósito, un (01) área de servicio, un (01) lava mopas, lámparas de techo columnas de 30x30. En la Construcción de dichas bienhechurías se invirtieron la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.80.000.000,00), en materiales de construcción y mano de obra, que se determina en la solicitud y mediante justificativos de testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano ALFREDO RAMON MORILLO: plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.-

El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.

La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , del libro diario.

La Secretaria Titular
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN T.




SOLICITUD N° 17-44.-
FJP/MMAT/af.-