San Fernando de Apure, 22 de Febrero de 2.017
206° y 158°

SOLICITUD: 17-42
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: MARIUS YEXENIA ALVARADO BRITO.
FECHA DE ENTRADA 15 DE FEBRERO DE 2.017.

Vista la Solicitud Nº 17-42, presentada por la ciudadana MARIUS YEXENIA ALVARADO BRITO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.639.387, debidamente asistida para este acto por la Abogada en ejercicio VERONICA J. VILERA A., de este domicilio e´ inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 202.379; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su Propiedad, según consta en Documento De TITULO DE ADJUDICACIÓN EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA PUBLICA consta de documento debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, este documento quedo inscrito bajo el Numero 2015.473, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 271.3.6.1.15736 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015. Con una superficie de terreno de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (185,32 MTS2/cm), ubicado en el Barrio “JOSE WILFREDO RODRIGUEZ”, Sector III, S/N, del Municipio San Fernando del Estado Apure, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle Luis Lippa, en (11,30 Mts). SUR: Familia Linares, en (11,30 Mts). ESTE: Familia Brito, en (16,40 Mts). OESTE: Calle Antonio José de Sucre, en (16,40 Mts). Dicha construcción está constituida de la siguiente manera: Tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala-cocina, una (01) sala-comedor, seis (06) puertas (dos (02) de madera y cuatro (04) de hierro), un (01) protector de puerta, siete (07) ventanas con protector, pisos de cerámicas y con todos los servicios públicos. En las cuales invirtió una suma de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana MARIUS YEXENIA ALVARADO BRITO, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.

El Juez,

ABG. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La Secretaria Titular;


ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº ( ) al folio ( ), del libro diario.

La Secretaria Titular;

ABG. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.












Solicitud N° 17-42
FJP/MMAT/Christtian.