REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 24 de febrero de 2017.
206° y 158°.
CAUSA Nº 1Aa-3431-17.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO.

Corresponde a esta Alzada decidir con relación a la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta el 12-1-2017 por la Abg. María de Díaz, Defensora de XANDER ALEX CEBALLO BETANCOURT, contra la decisión dictada el 23-11-2016, y publicado su auto fundado el 8-12-2016, mediante el cual el Juez Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. JESÚS ASCANIO, en el auto de apertura a Juicio declaró inadmisible de conformidad con el numeral 9 del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, los medios probatorios ofrecidos por la Defensa, consistentes en documentales. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos.

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el numeral 5 del artículo 439 eiusdem, en concordancia con el último aparte del artículo 314 ibidem.

En cuanto a los medios probatorios ofrecido por la Defensa, consistentes en copias de las actuaciones procesales, cualquier pronunciamiento que haga esta Corte es innecesario, por cuanto la revisión de los mismos es obligatoria para esta Alzada.

Este Tribunal Superior se reserva el lapso establecido en el primer aparte del artículo 442 de la ley adjetiva penal, para resolver la cuestión planteada.

JUEZA PRESIDENTE (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO



JUEZ SUPERIOR,


JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ
JUEZ SUPERIOR,

EDWIN ESPINOZA COLMENARES

SECRETARIA



NOELLE KATIANA LUSINCHI




CMMC/JCG/EEC/Manorka
CAUSA N° 1Aa-3431-17