REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 3 de febrero de 2017.
206° y 157°.
CAUSA Nº 1As-3405-16.
JUEZA PONENTE: CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO

Corresponde a esta Alzada decidir sobre la admisibilidad o no de la pretensión interpuesta en fecha 23-11-2016 por la Abg. Griselia Rámirez, Defensora Pública Primera en materia de Violencia de Género adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública del estado Apure, Defensora de ALEXIS RAMÓN LAYA TOVAR, contra la sentencia dictada el 16-11-2016 por la Jueza Primera de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Abg. María Angélica Castillo, publicado su texto íntegro el 21-11-2016, mediante el cual condenó por el procedimiento de admisión de hechos, al ciudadano antes mencionado, como responsable de la comisión del delito de tentativa en el delito de violencia sexual, previsto y sancionado tercer aparte del artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 del Código Penal, con la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión con sustento en el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el numeral 4 del artículo 112 eiusdem.

Se acuerda fijar para el día 9 de Febrero del 2017, a las 2:30 P.M., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 114 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Líbrese traslado del acusado. Cítese a las partes. CÚMPLASE.
JUEZA PRESIDENTE (Ponente),

CINTHIA MARÍA MEZA CEDEÑO
JUEZ SUPERIOR

JUAN CARLOS GOITIA GÓMEZ
JUEZ SUPERIOR,

EDWIN ESPINOZA COLMENARES

LA SECRETARIA,

NOLLE KATIANA LUSINCHI



CMMC/JCGG/EEC/KL/Manorka
1As-3405-16.