San Fernando de Apure, 06 de julio del año 2.017
206° y 158°
SOLICITUD: 17-180
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TÍTULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: FELIX ALBERTO BRAVO MACEA
FECHA DE ENTRADA: 21 DE JUNIO DEL AÑO 2.017
Vista la solicitud Nº 17-180, presentada por el ciudadano FELIX ALBERTO BRAVO MACEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.583.352, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, al ciudadano FELIX ALBERTO BRAVO MACEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.583.352, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del MUNICIPIO SAN FERNANDO, según consta en la AUTORIZACIÓN suscrita por la ABG. MARÍA CAROLINA HERRERA LÓPEZ, Sindica Procuradora (I) del Municipio Autónomo San Fernando, de fecha cinco (05) de junio del año 2.017, ubicado en la Parroquia San Fernando, calle Mucurita, Sector Mac-Gregor, sin numero cívico, Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de CIENTO QUINCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (115,45 M2), con los siguientes linderos: NORTE: Familia España, con DOCE METROS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (12,45 Mts); SUR: Familia Hernández, con DOCE METROS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (12,45 Mts); ESTE: Calle Mucurita, con NUEVE METROS CON CUARENTA CINCO CENTÍMETROS (09,45 Mts); OESTE: Casa de Manuel Pantoja, con NUEVE METROS CON DIEZ CENTÍMETROS (09,10 Mts); y que el ciudadano FELIX ALBERTO BRAVO MACEA ha construido un conjunto de bienhechurías, constituidas por: una casa de habitación familiar, construcción de mampostería y bloque, techo de zinc, un (01) baño, dos (02) habitaciones, una (01) sala de estar, cuatro (04) puertas de hierro y ventana de hierro y dos (02) de madera, cocina empotrada. El costo de la construcción de las bienhechurías, la mano de obra y materiales fue por un costo total de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 10.000.000,00); bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal a favor del ciudadano FELIX ALBERTO BRAVO MACEA. Se ordena devolver las resultas a la solicitante.
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, quedó anotado en el punto Nº_____, al folio (_____________) del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.
SOLICITUD N° 17-180
FJP/MMAT/gv
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