REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SAN FERNANDO DE APURE, 14 DE JULIO DE 2017

207° Y 158°

De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se pudo evidenciar, que el procedimiento mediante el cual ha debido sustanciarse este juicio, no corresponde con la pretensión incoada, siendo lo correcto su tramitación por el procedimiento oral enmarcado en en los artículos del 859 al 880 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Juzgado ordena con fundamento en el artículo 206 ejusdem, dejar sin efecto las actuaciones a partir del folio 33 al 35 y se repone la causa al estado de fijar el acto de la audiencia preliminar de acuerdo al artículo 869 del Código de procedimiento Civil. Por todo lo antes expuesto, este Tribunal fija para el quinto (5) día de despacho siguiente al de hoy, a las 9:30 a.m., a los fines de que se lleve a cabo la audiencia preliminar. En cuanto al escrito de pruebas presentado por el ciudadano JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ CASTILLO, en fecha 27 de junio de 2017, se ordena agregar a los autos, y se tiene su consignación como extemporánea.

LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. JEANNET JOSEFINA AGUIRRE DELGADO.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABOG. MARIA V. VILLANUEVA
Seguidamente se cumplió lo ordenado.


LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABOG. MARIA V. VILLANUEVA