REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando, 27 de Junio de 2017
207º y 158º
Exp. Nro. JMSS2-3807-17
Vistas las diligencias que anteceden de fecha 26-06-2017, suscrita por el ciudadano WILSON RADAIL MEDITERAN, identificado en autos, debidamente asistido por el Abogado Edgar Medina Mora, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.419, este Tribunal dictó Sentencia en la causa de Divorcio 185-A Contencioso, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos WILLSON RADAIL MEDITERAN y MILAGROS MARIA ANDREA ANDREA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.811.267 y V-18.584.910, en su orden, en tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, Ordena su Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, expídanse por secretaría dos (02) copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Asimismo se acuerda DESIGNAR como correo especial al mencionado Abogado para hacer llegar a su respectivo destino el oficio Nº 915 de esta misma fecha al Registro Civil de la Parroquia Guayabal, Municipio San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, para estampar la nota marginal de Divorcio. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Prov.,
Abg. RAMON RIVAS LORETO
La Secretaria Temp.,
Abg. YULIEC JOSE TOVAR
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha.
La Secretaria Temp.,
Abg. YULIEC JOSE TOVAR
RR/YT/miglays.
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