REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 28 de Junio de 2017
207º y 158º
Exp. Nro. JMS2-1124-17

Vistas las diligencias que anteceden de fecha 26-06-2017, suscrita por el ciudadano ARGENIS HERNANDEZ, identificado en autos, debidamente asistido por el Abogado Ynahil de Jesús Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 227.781, este Tribunal dictó Sentencia en la causa de Divorcio Ordinario, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos ARGENIS HERNANDEZ y LUISA ANDREINA CARDOZA EULACIO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.171.329 y V-19.815.224, en su orden, en tal sentido, este Juzgador en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, Ordena su Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano, en consecuencia, expídanse por secretaría cinco (05) copias debidamente certificadas para los interesados, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítanse las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines que estampe Nota Marginal respectiva. Igualmente se ordena el cierre de la presente causa y remitir la misma al Archivo Judicial de esta ciudad, por cuanto no hay más actuaciones que practicar. Asimismo se acuerda devolver los originales de los documentos Partida de Nacimiento de (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y la Capitulación de Bienes, insertos a los folios 06 al 13 de la causa, dejándose en su lugar copias fotostáticas certificadas, corríjase la presente foliatura, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo Conducente.-
El Juez Prov.,
Abg. RAMON RIVAS LORETO
La Secretaria Temp.,
Abg. YULIEC TOVAR

Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en esta misma fecha.

La Secretaria Temp.,
Abg. YULIEC TOVAR
RR/YT/david.