SOLICITANTES: RICHARD JOSÉ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.559.780 y la ciudadana CARMEN ELENA BLANCO HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.326.234.

PROCEDENCIA: DEFENSORÍA PUBLICA.

MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

EXPEDIENTE Nº: 2695-17.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.


Por recibida y vista la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la abogada VICKY RUTH VIÑA IZQUIERDO, en su condición de Defensora Publica Segunda (E) del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos RICHARD JOSÉ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.559.780 y la ciudadana CARMEN ELENA BLANCO HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.326.234, actuando en su condición de Padres de la niña cuyo nombre se omiten de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 06 de Junio de 2017, ante el despacho de la referida Defensoría, y que contiene anexo copias fotostáticas de la cedula de identidad de los padres y partida de nacimiento de la niña, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hija antes identificada PRIMERO: La cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.F. 50.000.00) mensuales, pagaderos los últimos de cada mes y a partir del 30-06-2017, SEGUNDO: El padre cubrirá el 100% en compras de uniformes escolares y calzado colegial para su hija en el mes de agosto y la madre se compromete a comprar los útiles y calzados deportivos. TERCERO: El padre cubrirá el 100% en compras de ropa, calzado y juguetes propios de la temporada decembrina específicamente para el 24/12 de cada año y la madre cubrirá el 100% de lo correspondiente al 31/12. Igualmente los progenitores compartirán el 50% de los gastos de medicinas, exámenes médicos, vestidos, recreación y cualquier otro gasto cuando la niña lo requiera. Los montos establecidos como Obligación de Manutención y Bonos Extras deberán ser aumentados en forma automática y proporcional en un 20% anualmente, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 365, 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Sumas estas que serán depositadas en la cuanta del banco activo Nº 0171-0023-87-2000598710.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Líbrese oficio al Banco Bicentenario, sucursal San Fernando de Apure. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a la Defensoría Publica Segunda del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio San Fernando del Estado Apure indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuestos en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los dieciséis (16) días del mes de Junio de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación
LA JUEZA SUPLENTE,
(FDO)
ABG. MILVIDA UTRERA ROJAS.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Conste.-
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
MUR/lp/jh
Exp. N° 2695-17

Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de (03) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 2695-17, Biruaca, 16 de Junio del 2017.

EL SECRETARIO


ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO

IMAA/lp/jh
EXP. N° 2695-17