SOLICITANTES: DAYALIA JOSEFINA MACHADO MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.468.295 y el ciudadano PEDRO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.816.746.
PROCEDENCIA: FISCALIA SEXTA.
MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: 1736-13.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito suscrito por la Abogada CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, quien actuando en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Publico del Estado Apure, contentivo de CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, celebrado entre los ciudadanos DAYALIA JOSEFINA MACHADO MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-26.468.295 y el ciudadano PEDRO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.816.746, mediante el cual solicita se le imparta la Homologación al referido convenimiento del 07 de Junio de 2017, ante el despacho de la referida Fiscalia Sexta, a favor del niño cuyo nombre se omiten de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde acordaron establecer la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hijo de la siguiente manera PRIMERO: La cantidad de CATORCE MIL BOLÍVARES (Bs.F. 14.000.00) mensuales, por concepto de obligación de manutención que serán descontados de la nomina de pago del obligado alimentista mediante su ente empleador Gobernación del Estado Apure, y depositados en la cuenta de ahorro ya aperturada para tal fin. SEGUNDO: Un bono único, para la compra de uniformes y útiles escolares por la cantidad de SETENTA MIL BOLÍVARES (70.000.00). TERCERO: Un bono único por la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs.F 80.000.00), para la compra de ropa y zapatos con motivo de las festividades decembrinas. CUARTO: El 50% de los gastos médicos y de medicinas cuando sean requeridos por el niño a cada uno. En consecuencia, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y procede con autoridad de cosa juzgada de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Los montos establecidos como Obligación de Manutención y Bonos Extras deberán ser aumentados en forma automática y proporcional en un 20% anualmente, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 365, 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTAS, Cúmplase. Se acuerda librar oficio, ordenando los descuentos de la obligación de manutención al jefe de personal de la Gobernación del Estado Apure. Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de obligación de manutención antes expuesta en la presente causa.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a los veintidós (22) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA SUPLENTE
(FDO)
ABG. MILVIDA UTRERA ROJAS.
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (11:30 a.m.). Conste.-
EL SECRETARIO.
(FDO)
Dr. LENIN ALEXANDER POLANCO
MUR/lp/jh
Exp. N° 1736-13
Quien suscribe, LENIN ALEXANDER POLANCO, Secretario del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia constante de (03) folios útiles son traslado fiel y exacto de su original la cual cursa en el Expediente Nº 1736-13, Biruaca, 22 de Junio del 2017.
EL SECRETARIO
ABG. LENIN ALEXANDER POLANCO
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