San Fernando de Apure, 01 de Junio de 2.017
207° y 158°
SOLICITUD: 16-363
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: CARLOS ELIAS VIVAS MARQUEZ
FECHA DE ENTRADA 03 DE NOVIEMBRE 2016.
Vista la Solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ELIAS VIVAS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.123.943, de este domicilio, en su carácter de Director Gerente de la empresa PROMOTORA SAN FERNANDO, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 17 de Agosto del año 2006, bajo el Nº 36, Tomo 514-A, representación que consta en el acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la empresa inscrita por ante el mencionado Registro de Comercio en fecha 24 de octubre del año 2012, bajo el Nº 45, Tomo 19-A, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes. Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad de la empresa PROMOTORA SAN FERNANDO, C.A., según consta en el documento de Venta Pura y Simple, documento debidamente protocolizado por ante el Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 07 de Abril del año 2016, el cual tiene una superficie de MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE CENTIMETROS (1.387,19 M2) y sus linderos particulares son los siguientes: Norte: Partiendo del punto señalado en el plano como P1, de coordenadas 663.761,31 Este y 867.955,82, Norte y siguiendo dirección oeste-este, con una distancia de cuarenta y dos metros (42 mts), hasta llegar al punto P2 de coordenadas 663.802,90 Este y 867.949,91. Norte. Por ese lado colinda con terrenos que son o fueron del ciudadano Alexis García u la familia Rondón; Sur: Partiendo del punto anterior y siguiendo en dirección este-oeste, con una distancia de cuarenta y dos metros (42 mts) hasta llegar al punto P4, de coordenadas 663.751,53 Este y 867.921,40 Norte. Por este lado colinda con la cuarta transversal Pedro Juan Agrinzones; Este: Partiendo del punto anterior y siguiendo en dirección suroeste, con una distancia de treinta y dos metros (32 mts), hasta llegar al punto P3, coordenadas 663.793,48 Este y 867.919,33 Norte. Colindando con la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca, Áreas Verdes de por medio. Oeste: Partiendo del punto anterior y siguiendo en dirección noreste con una distancia de diez y nueve metros con treinta y cuatro centímetros (19,34 mts) hasta llegar al punto P5, de coordenadas 663.756,82 Este y 867.940,00 Norte; desde este lugar y siguiendo en dirección noreste, y con una distancia de cuatro (4 mts), hasta llegar al punto P6, de coordenadas 663.759,53 Este y 867.942,94 Norte; desde este lugar y siguiendo en dirección noreste, con una longitud de trece metros (13 mts), hasta llegar al punto P1, punto de partida de la presente poligonal, por este lado colinda con la casa que eso fue de la familia Moreno y la Iglesia Peña de Horeb. Sobre el mencionado terreno, la empresa que representa construyó a sus sola y absolutas expensas, una urbanización constante de NUEVE (9) VIVIENDAS; de las cuales las viviendas Nº 01 sobre una parcela de (180,95 M2), vivienda Nº 02 sobre una parcela de (111,57 M2), vivienda Nº 03 sobre una parcela de (113,48 M2), vivienda Nº 04 sobre una parcela de (106,95 M2), vivienda Nº 05, sobre una parcela de (107,16 M2), se encuentran ubicadas en el modulo de cinco, viviendas que constan con una planta baja y una planta alta, las cuales se encuentran construidas con paredes de bloques de arcillas recubiertos con morteros a base de cal incluyendo el friso base con un acabado liso, losa de piso de concreto, losa de techo con mortero a base de cal, incluyendo friso base, puntos de electricidad, cableados y con luminarias, toma corrientes, puntos para tv, tableros de circuitos e interruptores incluidos, pinturas de caucho en paredes y techo, ventanas de aluminio tipo panorámicas con vidrios, puertas entamboradas de maderas en dormitorios y baños, baño auxiliar con cerámicas, piezas sanitarias incluidas, mantos asfalticos y tejas de arcillas tipo criolla en el techo. El patio cuenta con un área de lavandero y sistemas hidroneumático de 82 galones y motor de 1,5 hp, las viviendas cuentan con un puesto de estacionamiento dentro de las parcelas y con un área frontal de jardín y zona verde. Las viviendas Nº6 de (109,20 M2), vivienda Nº 07 de (106,70 M2). Las viviendas Nº 08 sobre una parcela de (106,70 M2), vivienda Nº 09 sobre una parcela de (107.14 M2), se encuentran ubicadas en el modulo de cinco, viviendas todas con una planta baja y una planta alta, las cuales se encuentran construidas con paredes de bloques de arcillas recubiertos con morteros a base de cal incluyendo el friso base con un acabado liso, losa de piso de concreto, losa de techo con mortero a base de cal, incluyendo friso base, puntos de electricidad, cableados y con luminarias, toma corrientes, puntos para tv, tableros de circuitos e interruptores incluidos, pinturas de caucho en paredes y techo, ventanas de aluminio tipo panorámicas con vidrios, puertas entamboradas de maderas en dormitorios y baños, baño auxiliar con cerámicas, piezas sanitarias incluidas, mantos asfalticos y tejas de arcillas tipo criolla en el techo. El patio cuenta con un área de lavandero y sistemas hidroneumático de 82 galones y motor de 1,5 hp, las viviendas cuentan con un puesto de estacionamiento dentro de las parcelas y con un área frontal de jardín y zona verde. En las cuales se invirtió una suma de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.332.000.000.000,00). Bienhechurías que se determinan a detalle en la solicitud que encabeza esta solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano CARLOS ELIAS VIVAS MARQUEZ, en su carácter de Director Gerente de la empresa PROMOTORA SAN FERNANDO, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 17 de Agosto del año 2006, bajo el Nº 36, Tomo 514-A, representación que consta en el acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la empresa inscrita por ante el mencionado Registro de Comercio en fecha 24 de octubre del año 2012, bajo el Nº 45, Tomo 19-A, plenamente identificado. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.
El Juez,
Abg. Francisco Javier Padron
La Secretaria Temporal
Abg. Génesis D. Venare F.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de ____________ ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N° __________, al folio_________, del Libro Diario.
La Secretaria Temporal
Abg. Génesis D. Venare F.
Solicitud N°16-363
FJP /MMAT/mp
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