REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO DE APURE.-

San Fernando de Apure, 22 de Marzo del año 2.017.-
206º y 158º

ASUNTO: JMSS2-3.254-16.-

PARTES: BRENKY GUILLERMINA ROSALES DIAZ y EUBALDO JOSE VALERO PINEDA.-

Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha 20-03-2.017, suscrita por el Abg. LUIS A. ROSALES, este Tribunal en atención al planteamiento formulado por el mencionado Abogado, acuerda NEGAR lo solicitado por cuanto el mismo no tiene la cualidad jurídica (PODER) en la presente causa para realizar tal pedimento.- De igual manera, revisada como ha sido la presente causa, y por cuanto se observa Sentencia de Divorcio 185-A (Contencioso) dictada por este Despacho en fecha 08-03-2.017, este Tribunal de Oficio ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 475 del Código Civil Vigente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir cuatro (04) copias certificadas de la Decisión, dos (02) de las cuales serán entregadas a las partes y dos (02) copias para las Autoridades Civiles correspondientes, las cuales serán remitidas con el respectivo oficio.- Igualmente se acuerda cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar y remítase la causa al Archivo Judicial de esta ciudad.- Líbrese lo conducente.-
El Juez Prov.,

Dr. RAMON ANTONIO RIVAS
La Secretaria.,

Abg. DAYAN MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
La Secretaria.,

Abg. DAYAN MARTINEZ
RAR/homer.-