SOLICITANTES: JOSE LUIS FLORES CARRASQUEL y YELITZA YAMILETH HIDALGO FAJARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.850.787 y V-19.688.445.
A FAVOR DEL: Del Niño HENRY JOSE FLORES HIDALGO
PROCEDENCIA: FISCALIA SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO.
MOTIVO: CONVENIO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: 2442-16.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito que antecede, recibido por este Despacho en fecha 23-02-17, suscrito por la Abg. CARMEN LUISA BARRIOS CASTILLO, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Apure; en donde se deja constancia que comparecen los ciudadanos JOSE LUIS FLORES CARRASQUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.850.787, y la ciudadana YELITZA YAMILETH HIDALGO FAJARDO, venezolana, titular de la cédula Nº 19.688.445, en su condición de representante legal y madre del Niño HENRY JOSE FLORES HIDALGO; el primero en su carácter de Obligado Alimentario domiciliado en la Isla de Apurito, sector Las Cachamas, Fundo El Vencedor, del Municipio San Fernando, Estado Apure, y la segunda, en el barrio Simón Rodríguez, calle Los Jobillos, casa en friso, cerca de la escuela, del Municipio Biruaca, Estado Apure.
Éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial de Aumento de Obligación Alimentaria en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el articulo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda aumentar la pensión alimentaria de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) Quincenal, a DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) mensuales, a partir del mes de febrero del 2017; Igualmente, se acuerda aumentar el bono especial de Escolar de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), comprometiéndose el padre a sufragar todos los gastos de uniformes para el mes de octubre del 2017; y por ultimo se acuerda aumentar el bono decembrino de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00), comprometiéndose el padre a comprar la ropa del 24-12-2017. En cuanto a la solicitud de aperturar cuenta de ahorro en el banco Bicentenario, este Tribunal deja constancia, que la misma se ordenó, mediante Oficio Nº 329 de fecha 13-06-2016.
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad con el artículo 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándole sobre la Homologación Judicial del Convenimiento de aumento de obligación alimentaria antes expuesta en la presente causa. Líbrese boleta de notificación.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios San Fernando Y Biruaca Circunscripción Judicial Del Estado Apure, al Primer (01) día del mes de Marzo de Dos Mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA,
Abg. INES MARIA ALONSO AGUILERA
EL SECRETARIO
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.). Conste.-
EL SECRETARIO
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/LAP/arturo
Exp. Nº 2442-16
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