SOLICITANTES: ORESTE ALBERTO HURTADO ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- V- 20.611.846 y NAIYUMAR ANGELICA PEREZ LUGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.724.924.
ABOGADO ASISTENTE: JHONNY JAVIER INFANTE CARRASQUEL, Inpreabogado Nº 138.308.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
EXPEDIENTE Nº: 2593-17.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ORESTE ALBERTO HURTADO ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- V- 20.611.846 y NAIYUMAR ANGELICA PEREZ LUGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.724.924, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto la Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio; en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: ORESTE ALBERTO HURTADO ACOSTA y NAIYUMAR ANGELICA PEREZ LUGO, el cual contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 14 de Agosto de 2009, según consta del Acta de Matrimonio Nº 185, acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca Circunscripción Judicial del Estado Apure, al Primer (01) día del mes de Marzo del Dos Mil Diecisiete (2017). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZA,
Abg. INES MARIA ALONSO AGUILERA
EL SECRETARIO,
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO
Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 9:40 a.m.-
EL SECRETARIO,
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO
IMAA/LAP/arturo
Exp. Nº 2593-17
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