San Fernando de Apure, 2 de Marzo de 2017
206° y 158°
SOLICITUD: 16-320.-
SENTENCIA: DEFINITIVA
MATERIA: CIVIL
PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE(S): LUIS DARWIN PAZ PAZ
FECHA DE ENTRADA: 11 DE OCTUBRE DE 2016
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LUIS DARWIN PAZ PAZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-17.670.883, de este domicilio, quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, vistas, oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en nombre de “La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley”, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN; suficiente al ciudadano: LUIS DARWIN PAZ PAZ, en las bienhechurías existentes construidas sobre un lote de terreno de Propiedad Municipal según: AUTORIZACION, de fecha Veintiocho (28) de Septiembre del 2016, otorgada por la Sindica Procuradora (E), ABOG. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS, de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando, del Estado Apure, constante de una superficie de: CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (173,70 Mts), ubicado en: “LA PARROQUIA SAN FERNANDO, BARRIO LORENZO MARCHENA, CALLE PRINCIPAL”, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: TERRENO MUNICIPAL, en Nueve Metros (9,00Mts); SUR: CALLE PRINCIPAL, en Nueve Metros (9,00Mts); ESTE: CASA DE ANA RATTIA, en Diecinueve Metros con Treinta Centímetros (19,30Mts) y OESTE: CASA DE DINA RAMIREZ, en Diecinueve Metros con Treinta Centímetros (19,30Mts). En las que construyo unas bienhechurías de las siguientes características: Una Casa para Habitación Familiar, constante de Tres (3) habitaciones, Un (1) baño, Un (1) recibo-comedor, Una (1) cocina empotrada, Un (1) patio, Un (1) garaje, Un (1) porche, techo de Acerolit, piso de cemento pulido, paredes de bloque frisadas con cemento, servicio de agua potable, agua servida y luz eléctrica. Sobre la cual invirtió la cantidad de: OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00).- Bienhechurías estas que se determinan en la solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor del ciudadano: LUIS DARWIN PAZ PAZ, plenamente identificado. Se ordena devolver estas resultas al solicitante antes identificado en el escrito de solicitud.-
El Juez;
Abog. Francisco Javier Padrón.-
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.-
La Secretaria Titular;
Abog. María Milagro Aranguren T.-
SOLICITUD: N°.16-320.
FJP/MMAT/jwpc.-
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